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Donde hay patrón no manda marinero

22 de Junio del 2017 - Antonio Valle Suárez (´Castropol)

Raro es el estado que para poder subsistir y cumplir con sus presupuestos anuales no se nutra de los correspondientes impuestos aplicados a sus ciudadanos. Claro que hay excepciones en los que esos gravámenes prácticamente no existen; como puede ser Qatar, Brunei, Kuwait, United Arab Emirates, Saudi Arabia y algunos más, ricos y poderosos todos ellos.

Seguro que diariamente por su mente, amigo lector, pasan aquellos casos -me refiero a impuestos-, más sangrantes e injustos hacia los sufridos ciudadanos; seguro que sí. Por la mía pasó hoy, muy de mañana, la que seguidamente voy a tratar de contarles ya que no consigo rumiarla:

El ser propietario de una embarcación de recreo hoy día no está al alcance de todos los bolsillos pero, si lo está, cualquiera puede adquirirla. Tenga en cuenta vd. que si se hace con una, tendrá que pensar en dónde dejarla amarrada. Si lo intenta hacer en un club náutico, tendrá que esperar a que surja una plaza que, según dicen y creo, será adjudicada por riguroso orden de solicitud y características técnicas del barco. Si tienes la suerte de que te la adjudiquen, habrás de pagar semestralmente la correspondiente cuota que varía, claro está, según las características de la embarcación. A más eslora, lógicamente, más metros cuadrados de agua ocupados y, por tanto, más grande el recibo a pagar. Sepa, también, que si la fondea en el agua cercana al puerto también ha de pagar por los metros cuadrados que esté ocupando.

Las embarcaciones de recreo suelen vararse en invierno para, pasado este, hacia el verano, volver a botarlas. La plaza la tiene adjudicada el propietario de la embarcación y, lógicamente, le sigue esperando entre varada y botadura. Para estas acciones ha de comunicarlo por escrito al Ministerio de Fomento "Puertos", y cuando le autorice ya puede proceder a varar o botar. Ni antes ni después ya que, si lo hace, puede ser sancionado. Con esa información mientras Vd. tiene la embarcación en tierra, pueden desde Puertos autorizar a otro barco a ocupar su plaza y, al mismo tiempo, cobrar por ello en la misma proporción que a Vd. le cobran. Hasta aquí muy bien, es lógico que pague el que la ocupa. Pero el problema es que el titular de la plaza ha de pagar, tanto si está ocupada como si no. De manera que puede darse el caso de que estén cobrando dos veces al mismo tiempo por una sola plaza.

Ahora, pues, entiendo aquel dicho marinero, muchas veces en boca de los pocos hombres de la mar que quedan para hacérnoslas saber y que no nos quepa duda: "Donde hay patrón no manda marinero".

Antonio Valle Suárez, Castropol

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