Contrato por virtud del cual el dueño de un terreno, por lo regular inculto, lo concedía a una persona para que lo roturase y plantase de árboles, por la mitad del fruto que éstos llegasen a producir (la vida de los árboles determinaba la duración del contrato, a cuyo término se extinguía el derecho del plantador quedando el terreno a la libre disposición del dueño) [Cg.] .