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Mediación familiar: el diálogo como alternativa

4 de Mayo del 2009 - María Villanueva

Acaba de cumplirse el segundo aniversario de la promulgación de la ley que regula en Asturias la denominada “mediación familiar”. Se trata de una fórmula que ha demostrado una notable eficacia, pero que, a pesar del transcurso del tiempo y de los esfuerzos divulgativos de las instituciones, continúa siendo muy desconocida para la mayoría de los ciudadanos.

En los muchos años que llevo ejerciendo la abogacía en cuestiones de derecho de familia (separaciones, divorcios, uniones de hecho, alimentos…) han sido muchas las parejas a las que he visto pasar por uno de los momentos más complicados de sus vidas. Especialmente, cuando hay menores de por medio. La experiencia me dice que las rupturas en las que la pareja se sienta y decide serena y consensuadamente lo que va a hacer con su futuro y el de sus hijos son mucho menos traumáticas. Esta actitud dialogada no sólo hace más llevaderos los momentos críticos de la ruptura, sino que supone una garantía de cara al desarrollo posterior de los acontecimientos.

¿Qué es la mediación? Una forma de resolver los conflictos familiares (entre cónyuges, parejas de hecho, padres-hijos, tutores-tutelados, padres adoptivos- familias biológicas…), de forma voluntaria y al margen de los tribunales, con la ayuda de un mediador. ¿Qué es un mediador? Un profesional, con titulación universitaria en Derecho, Psicología, Pedagogía, Trabajo Social o Educación Social, y con una formación específica adicional de posgrado que ayuda a las partes para facilitar el diálogo en la búsqueda de un acuerdo duradero y estable que evite o ponga fin a un conflicto familiar.

La mediación se basa en cuatro principios:

La voluntariedad: Se inicia y se termina de forma voluntaria en cualquier momento por cualquiera de las partes.

Subtítulo:Las rupturas en las que las parejas se sientan a hablar serena y consensuadamente son mucho menos traumáticas

Destacado:La mediación puede desempeñar un papel mucho más amplio del que hasta el momento se le ha otorgado

La imparcialidad: El mediador es imparcial y ayuda a las partes a conseguir acuerdos sin tomar partido por ninguna de ellas.

La confidencialidad: Sea cual sea el resultado, la información obtenida durante la mediación está sujeta al secreto.

La inmediación: Las partes comparecen personalmente, sin servirse de representantes o intermediarios.

El procedimiento es sencillo. Se inicia con una reunión informativa en la que se explica a las partes en qué consiste la mediación. En sucesivas reuniones, se les solicita información sobre los temas a tratar y, a través del diálogo, la comunicación y distintas técnicas de gestión del conflicto se llega a acuerdos que finalmente se plasman en un documento final al que las dos partes se obligan. En función de la materia sobre la que verse este acuerdo, se precisará o no ratificar su contenido ante el juez. El proceso tiene una duración variable. La ley prevé un plazo máximo de tres meses, prorrogables hasta otros tres más.

¿Quien puede acudir a mediación? Su ámbito es muy extenso, aunque lo más frecuente suelen ser parejas en crisis, padres e hijos con conflictos, familiares con dificultades sobre cuidados de personas dependientes (mayores, discapacitados…), familias en procesos de separación, con problemas de repartos de herencias o cualquier problema de comunicación en general. Se puede acudir a la mediación en cualquier fase del conflicto, si bien es conveniente hacerlo desde el momento en que se perciben problemas de comunicación. Como fruto del diálogo sereno, no cabe descartar la reconsideración de traumáticas actitudes de ruptura o beligerancia.

Entre otras ventajas, la mediación permite que los miembros de la familia participen en la adopción de acuerdos, sean parte de los mismos y, por consiguiente, se involucren más en que sean respetados. Asimismo, contribuye a fomentar las buenas relaciones y a resolver o prevenir problemas futuros en virtud de esta ausencia de confrontación. El proceso es sencillo, rápido, evita múltiples trámites y resulta menos costoso que otras alternativas de resolución de conflictos, fundamentalmente porque evita los grandes costes derivados de la judicialización de éstos.

De todo lo dicho, se deduce que, en el actual contexto social, la mediación familiar puede desempeñar un papel mucho más amplio del que hasta el momento se le ha otorgado.

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