La sentencia sobre el mal llamado matrimonio homosexual
Siguiendo la línea de comunicación de los fallos de las Sentencias del Tribunal Constitucional ( en adelante T.C) mediante notas informativas, el pasado 6 de noviembre se publicó la 48/2012 que da cuenta de la desestimación del Recurso de inconstitucionalidad promovido por 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular frente a la Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código civil en materia de derecho a contraer matrimonio, conocida como la ley del mal llamado matrimonio homosexual.
No conociendo la Sentencia al completo, incluidos los votos particulares ( discrepantes y uno concurrente), tampoco podemos saber las piruetas jurídicas que los magistrados han llevado a cabo para reconocer la constitucionalidad de esa norma con el artículo 32 de la Constitución pues con toda seguridad, si se preguntase a los redactores y votantes de la Constitución, en absoluto estaba pensada para otra cosa que para garantizar el derecho y la igualdad jurídica de hombre y mujer para contraer matrimonio entre sí. Pero con independencia de ello, el matrimonio desde el inicio de la vida humana como muestra de socialización ha estado, de forma natural, basado en el esquema hombre-mujer-hijos ( nazcan estos o no en su caso), y así lo han entendido todas las civilizaciones habidas que lo han preservado y distinguido de otro tipo de uniones o convivencias de otro tipo que, por tanto, NO SON MATRIMONIO...
Aunque se nos argumente la existencia actual tanto de parejas homosexuales estables (serán uniones civiles pero no matrimonios, igual que no lo son las parejas de hecho aunque se inscriban en los registros pertinentes) como de países que reconocen como matrimonio la unión homosexual, de una parte el número de éstos que aceptan tal condición como matrimonio es mínimo dentro de los 193 que a la fecha forman parte de las Naciones Unidades; de otra, en relación con las parejas homosexuales, lo que pueda ser corriente ( es decir que está en uso, más o menos concurrente), no lo convierte en normal, a menos que se trate de razonar en base a principios relativistas y fundamentados en la ideología de género.
Lo cierto es que la aprobación de la Ley 13/2005 en su día impidió el debate público, abierto y libre sobre la conveniencia ( jurídica, social, económica, humanística...) de considerar la unión homosexual equivalente al matrimonio, pero la Sentencia del T.C. no va a impedir que se impulse tal controversia. A estos efectos, el cambio de criterio del PP con respecto a la aceptación del mal llamado matrimonio homosexual, y por tanto su previsible aquietamiento y no derogación del actual texto del Código civil referido al matrimonio ( si el T.C. entiende que es una cuestión de legalidad ordinaria también es constitucional naturalmente la norma existente que consideraba matrimonio solamente a la comprometida unión heterosexual), tal actitud tendrá como consecuencia positiva una nueva movilización de la sociedad civil, y en este sentido el Presidente del Foro de la Familia, D. Benigno Blanco ya ha anunciado la intención de promover una Iniciativa Legislativa Popular ( ya tenemos experiencia en ello) para restablecer el matrimonio como unión específica para el hombre y la mujer, estable y comprometida, ya que tal y como ha afirmado ...lo que queda bajo el nombre matrimonio en el Código civil es algo irreconocible, sin contenido serio alguno y que no se adecúa para nada a la voluntad matrimonial de la inmensa mayoría de los españoles... Y sobre tal propósito, exigiremos a los políticos, especialmente a los del P.P que se pronuncien individualmente a favor o en contra del restablecimiento del matrimonio como unión específica entre hombre y mujer.
El T.C. podrá decidir si una ley se ajusta o no a la norma constitucional, pero evidentemente no es quien para juzgar si una ley aprobada es buena para nuestra sociedad; como desde el Foro de la Familia entendemos que la ley 13/2005 es una ley NEFASTA para España, seguiremos luchando por su derogación. La Sentencia del T.C. pues, no es más que un punto y seguido, no el punto final como se pretende, para continuar con la defensa de la familia y de su base de partida, el matrimonio entre hombre y mujer, comprometido y estable.
José Luis Lafuente
Vicepresidente del Foro Asturiano de la Familia, Oviedo
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