ITV, herramienta efectiva de seguridad vial
El 8 de enero, don José Manuel García Rodríguez, de Langreo, escribió una carta en este periódico con el título «ITV, ¿nuestra seguridad o nuestro bolsillo?». Escribo con el fin de aclarar algunas dudas manifestadas por el lector, y aquellas que suscitara su carta en otros ciudadanos.
En España, en el año 2010 y a raíz de la publicación en Europa de una Directiva Marco de homologación, se actualizó el real decreto que tipifica las reformas que se realizan en los vehículos después de su matriculación. Las cambiantes legislaciones nacional y europea aplicables al automóvil (que suponen más de 2.000 disposiciones que cumplir) hacen que cada vehículo –en función de su fecha de fabricación y matriculación– tenga unos requisitos específicos.
El RD 866/2010, que tipifica las reformas, dice que «los vehículos a los que se les hubiera efectuado una reforma tipificada como tal en este real decreto y que con anterioridad no fuera considerada como reforma, deberán legalizarla mediante diligencia administrativa ante el órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, quien hará la anotación en la tarjeta de ITV, para lo cual dispondrán del plazo de seis meses. Transcurrido este período, deberán legalizarse siguiendo el procedimiento establecido por el presente real decreto». Por lo tanto, las transformaciones en un vehículo –antes no tipificadas y ahora sí– requieren este proceso para que en las próximas inspecciones periódicas conste la fecha en la que se realizaron dichas transformaciones. Al cumplir con la disposición antes mencionada, evitamos posteriores juicios de valor sobre si se instaló antes o después de la publicación del RD.
¿Afán recaudatorio? No. Únicamente se trata de cumplir con los requerimientos técnicos de las directivas europeas y nacionales. Cuando una ITV lleva a cabo una inspección y se encuentra en situaciones como las citadas, se realizan diversos servicios: anotación de una diligencia por reforma en diversos documentos administrativos, envío de documentación por correo certificado, comprobación de la instalación en el vehículo, etcétera, que comportan gastos que se tratan de cubrir, no de recaudar más.
Es evidente que la ITV palía y preserva la seguridad vial, el medio ambiente y vigila para minimizar lo máximo posible los daños causados en caso de accidente. Así lo avalan estudios de la Comisión Europea o de la Universidad Carlos III de Madrid. Este último señala que la ITV evita más 8.000 accidentes, cerca de 12.000 heridos y 421víctimas mortales al año.
El sector del automóvil es uno de los más legislados, y desde la Unión Europea se publican constantemente modificaciones reglamentarias sobre alumbrado, frenos, etc, publicándose a menudo legislaciones que han de aplicarse con carácter retroactivo, como el reciente caso de los espejos retrovisores en los camiones.
Con esta aclaración queremos indicar las dificultades con las que nos encontramos cada día en las estaciones de ITV para transmitir a los usuarios esta realidad cambiante que les hace sentirse confusos e inseguros en ocasiones. Todas las medidas se corresponden con el escrupuloso cumplimiento de la legislación vigente que se actualiza constantemente en el caso del automóvil en aras de la seguridad vial.
Luis Rivas Sánchez.
Secretario general de AECA-ITV, Oviedo
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