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Salud bucodental y derechos del paciente

23 de Abril del 2013 - Javier González Tuñón

La salud bucodental debe ser uno de los aspectos fundamentales a tener en cuenta dentro de nuestro cuidado diario, lo cual implica no sólo una correcta limpieza de la boca, sino también revisiones periódicas anuales en el dentista. Este aspecto es clave para prevenir, para atajar posibles patologías severas y, por consiguiente, para evitar efectos muy perniciosos para la salud general y así no incurrir en elevados costes que pueden acarrear tratamientos o intervenciones de cierta envergadura y alto riesgo.

Por eso es importante que el paciente, como usuario de un servicio de salud, sea conocedor de que tiene unos derechos y deberes. Para ello, al objeto de informar a la población, el Consejo General de Colegios Oficiales de Dentistas de España ha publicado la «Carta de derechos y deberes de los pacientes y de los dentistas», en la que se recogen una serie de derechos que protegen y salvaguardan tanto al paciente como al dentista en las relaciones sanitarias y profesionales que se establezcan entre ellos.

Dada la gran proliferación de clínicas dentales en la actualidad y el temido intrusismo profesional que azota a esta profesión, desde el Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Asturias creemos que, ahora más que nunca, el ciudadano debe hacer valer sus derechos como paciente y usuario de los servicios sanitarios, conociendo también los derechos y deberes de los profesionales dentistas que les atienden.

El Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Asturias pone a disposición de la ciudadanía toda la información referente a aquellos profesionales que satisfacen las exigencias legales, académicas, sanitarias y administrativas establecidas en la ley, de cara a garantizar que la atención sanitaria bucodental sea dispensada por verdaderos profesionales debidamente cualificados y colegiados, protegiendo con ello la seguridad personal de los pacientes.

Subtítulo: Recomendaciones de odontólogos y estomatólogos

Destacado: La Organización Profesional de Dentistas dispone de los medios para velar por la salud bucodental de los ciudadanos, a través de la regulación y la ordenación del ejercicio de la profesión de dentista, salvaguardando la observancia de los principios éticos, deontológicos y jurídicos de la misma

Asimismo, el ciudadano que acude a la clínica dental tiene derecho a ser atendido clínicamente por un dentista, y no por otro profesional, como por ejemplo el protésico dental, que en ningún caso podrá intervenir directamente en la boca del paciente. Cabe recordar también que la persona que va a la consulta debe recibir información detallada y clara sobre las posibilidades terapéuticas para tratar su patología, con un pronóstico que explique los plazos, expectativas, alternativas y riesgos, e incluya un presupuesto en caso de ser solicitado. Además, el facultativo debe informar siempre al paciente, con la antelación suficiente que le permita reflexionar y decidir libremente, de la existencia de otras opciones clínicas que él no pudiera prestarle y de aquellas circunstancias que pudieran modificar las expectativas iniciales. El mantenimiento posterior al primer diagnóstico también es importante, y el paciente debe de estar informado sobre cómo va a ser y cuál es el más adecuado para optimizar su salud futura y minimizar el coste.

Cuando se trate de policlínicas, multiclínicas o clínicas cuya titularidad corresponda a personas jurídicas y en las que trabaje más de un dentista, el paciente tiene derecho a que se le asigne un facultativo dentista como interlocutor responsable o principal, con carácter permanente, dándole a conocer su nombre. Igualmente, el paciente tiene derecho a conocer la identidad de todo facultativo dentista e higienista dental que intervenga en su boca.

Desde el punto de vista administrativo, el paciente tiene derecho a recibir por escrito toda la información obtenida en sus consultas, la factura por el importe de las prestaciones realizadas, así como el informe de alta si así lo solicita.

Es importante señalar que no existe la «garantía» como tal en un tratamiento bucodental, ya que, como sucede en el ámbito sanitario general, el éxito del mismo a largo plazo depende de múltiples factores biológicos del propio paciente y de otras circunstancias ajenas a una buena praxis por parte del dentista.

Además, desde el pasado mes de enero ha entrado en vigor la nueva receta médica privada, por lo que el dentista que tenga que dispensar un medicamento deberá hacerlo siguiendo el nuevo modelo, que refuerza la seguridad de los pacientes, ya que garantiza la autenticidad de la receta, así como la identidad del prescriptor y su habilitación para el ejercicio profesional.

En definitiva, la Organización Profesional de Dentistas dispone de los medios para velar por la salud bucodental de los ciudadanos, a través de la regulación y la ordenación del ejercicio de la profesión de dentista, salvaguardando la observancia de los principios éticos, deontológicos y jurídicos de la misma, promocionando el nivel científico de sus colegiados, contribuyendo a la consecución del derecho a la protección de la salud bucodental de todos los ciudadanos y protegiendo los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de los colegiados dentistas.

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