La Nueva España » Cartas de los lectores » Voces autorizadas, calificadas, ¿cualificadas?

Voces autorizadas, calificadas, ¿cualificadas?

11 de Abril del 2013 - Marino Iglesias Pidal (Gijón)

Dice la RAE:

Autorizada.- Persona que es respetada o digna de respeto por sus cualidades o circunstancias.

Calificada.- Persona de autoridad, mérito y respeto.

En cuanto a la definición de Cualificada, primero la considera sinónimo de Calificada, diciendo: De autoridad, mérito y respeto. Y añade: De buena calidad o buenas cualidades. Otra ridiculez redundante, pues se entiende que las cualidades han de ser características positivas, buenas, de lo contrario no serían cualidades.

En este país tan pocas cosas sirven que hasta la RAE es medio chunga. A Autorizada no le da otra acepción, al menos en el diccionario que he consultado aquí en Internet, cuando siempre ha sido utilizada para calificar a la persona designada por otra de rango superior para el desempeño de determinada labor.

En cuanto a Calificada no incluye la acepción ampliamente utilizada con la que se indica que una persona, animal o cosa, ocupa determinado nivel en determinada escala; por ejemplo, muy común, gramaticalmente correcta y que no tiene nada que ver con autoridad, mérito y respeto, en la escala moral muchos individuos ocupan el nivel, son calificados, con razón, de hijoputa, y la RAE lo ignora.

En todo este rollo me he metido sin querer tratando de entender cómo voces, personas, autorizadas, calificadas, apoyan el criterio del fiscal y ponen en muy mal lugar al juez que tuvo la osadía de imputar a la Infanta Cristina. Lo entendí enseguida. Estas personas que lapidan al juez son personas autorizadas y calificadas, pero no cualificadas. Y no sólo están calificadas y autorizadas para escribir en la prensa, hablar en la radio o hacerse ver y oír en la televisión, sino que además se les paga por hacerlo. Como consecuencia se las considera cualificadas, pero no, lo uno no garantiza lo otro, ni mucho menos. Es una pena. Estudiando se puede aprender para obtener una buena calificación que te haga ser considerado como persona autorizada, de conformidad con la RAE, pero, lamentablemente, a la cualificación no se accede a través del estudio, las cualidades son congénitas. Este hecho es lo que más me tiene acojonado, pensar que médicos, maestros, legisladores, por ejemplo, que, aun queriendo o sin querer nosotros, van a tener una injerencia decisiva en nuestras vidas, no pasan de ser gente común, autorizada y calificada, cuando para desempeñar estas funciones debieran ser elegidas, sobre todo, personas cualificadas.

Pero en fin, a lo que iba. La Infanta Cristina. Infanta licenciada en ciencias políticas, francés, inglés y griego. Curso de posgrado en Relaciones Internacionales, desempeño en la sede de la Unesco en París y coordinadora de Programas del Tercer Mundo de Fundación La Caixa; o sea, la víctima propiciatoria ideal, en su calidad de copropietaria de Aizoon y vocal de la Junta directiva del Instituto Nóos, se conducía, se desprende del criterio de la Fiscalía Anticorrupción, como una inocente, sobre todo inocente, ignorante analfabeta, (igual su currículo es una farsa y firmaba con una cruz o con una huella dactilar) y timorata marioneta manejada por su malévolo y tracalero esposo sin enterarse para nada de la fiesta.

Visto lo visto, ésta es la idea con la que encajaría el criterio de, además del fiscal, las autorizadas y calificadas voces que se alzan contra el juez, carente de cualificación según las susodichas, que ha incurrido en el despropósito de atreverse con lo que él, erróneamente al no estar cualificado, considera un acto de justicia.

Qué pena y qué asco siento yo, una persona de pensamiento simple que, de poseer facultades omnipotentes, ni siquiera pensaría en ninguna clase de procedimiento contra la Infanta buscando algo de patente obviedad, simplemente la encarcelaría junto con su esposo, en prevención de fuga y, ya que el proceso contra él se encuentra avanzado, lo continuaría hasta finiquitarlo, aplicándole a la Infanta la misma resolución condenatoria a la que se llegara para él; que, dictada por mí, consistiría en quitarles lo robado más tres veces ese importe, a cubrir con bienes muebles, inmuebles, lo que fuera, en concepto de multa por el delito cometido, !y listo! Nada de cárcel ni historias que, encima, obligarían al estado a seguir manteniéndolos.

Por desgracia, la justicia, desigual para todos, que se aplica está muy lejos de ser justa.

Cartas

Número de cartas: 48975

Número de cartas en Diciembre: 98

Tribunas

Número de tribunas: 2175

Número de tribunas en Diciembre: 3

Condiciones
Enviar carta por internet

Debe rellenar todos los datos obligatorios solicitados en el formulario. Las cartas deberán tener una extensión equivalente a un folio a doble espacio y podrán ser publicadas tanto en la edición impresa como en la digital.

» Formulario de envío.

Enviar carta por correo convencional

Las cartas a esta sección deberán remitirse mecanografiadas, con una extensión aconsejada de un folio a doble espacio y acompañadas de nombre y apellidos, dirección, fotocopia del DNI y número de teléfono de la persona o personas que la firman a la siguiente dirección:

Calvo Sotelo, 7, 33007 Oviedo
Buscador