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Pacto constitucional, conciertos educativos y enseñanza concertada

2 de Diciembre del 2008 - Juan Luis González Díaz

El consenso constitucional, venturosamente liderado por el Partido Socialista, supuso, en materia de enseñanza concertada, un crucial punto de inflexión en sus tesis programáticas. Así lo explica el profesor José María Maravall en su libro «La reforma de la enseñanza» (1984): «Hasta la aprobación de la Constitución de 1978, la política educativa socialista se movió en una dirección: extinción progresiva de la enseñanza privada subvencionada y absorción paulatina del alumnado por la escuela estatal o pública. El acuerdo constitucional significó una reorientación para la política educativa socialista. Desde 1978, la perspectiva pasó a ser la consecución de un sistema educativo integrado (tanto en su conjunto como en el seno de cada uno de los centros que lo componen); concebido como servicio público, aunque no monopolizado por los poderes públicos; no discriminatorio, a la vez que respetuoso con las convicciones personales y las preferencias de los padres».

En coherencia con este principio, se aprobó la ley orgánica Reguladora del Derecho a la Educación (LODE), auspiciada por el primer Gobierno socialista del que el señor Maravall era ministro de Educación. Fue la norma que democratizó la enseñanza, en las justas palabras de su preámbulo: «Una ley de regulación de los centros escolares y de sostenimiento de los concertados (...) una norma de convivencia basada en los principios de libertada, tolerancia y pluralismo, y que se ofrece como fiel prolongación de la letra y el espíritu del acuerdo alcanzado en la redacción de la Constitución para el ámbito de la educación».

La LODE articuló estos principios a través de los conciertos educativos, como desarrollo del artículo 27 de la Constitución. Básicamente consisten en que los poderes públicos financien (sostengan) a los centros privados que cumplan con los requisitos fijados en la propia ley. De este modo, el servicio público educativo se satisface por una red dual constituida por los centros públicos y los privados concertados. Garantizándose, efectivamente, el derecho a libre elección de centro. En palabras de Eva Almunia Badía, actual secretaria de Estado de Educación y Formación y ex consejera de Educación del Gobierno de Aragón: «Mediante los centros públicos y los concertados se ha de conseguir crear una red plural de centros que no sólo satisfaga las legítimas opciones de los ciudadanos sino que, además, actúe con eficacia en la consecuención de los objetivos de transformación social».

El concierto educativo genera obligaciones para ambas partes, entre ellas:

Los centros impartirán gratuitamente las enseñanzas, no tendrán carácter lucrativo, garantizarán que la práctica confesional sea voluntaria y no establecerán mecanismos de discriminación en la admisión de alumnos. De todas formas, corresponde a la administración educativa velar por su cumplimiento.

Es insólito que un Gobierno socialista impugne un convenio colectivo.

Por su parte, la administración se obliga a financiar a los centros concertados en la cuantía que asegure la gratuitidad de la enseñanza. Así como a pagar el salario del personal docente en nombre de la entidad titular (pago delegado). Desde la misma promulgación de la LODE, se fijó que estas consignaciones permitirían gradualmente la homologación retributiva con el profesorado funcionarial; siguiendo la elemental máxima de a igual trabajo, igual salario.

Sin embargo, la sistemática actuación del Gobierno del Principado de Asturias es opuesta a la idea constitucional de un sistema público de educación (centros públicos y privados concertados) integrador y justo, que favorezca la igualdad de oportunidades. Son muchos los ejemplos, algunos:

Desde que la comunidad autónoma asumió las competencias, el Gobierno inició un proceso de retirada de conciertos, que fue corregido en varias ocasiones pro el Tribunal Supremo por ilegítimo.

El Gobierno del Principado de Asturias fue el último en concertar la Educación Infantil. Y se niega a asumir los acuerdos estatales que lo vinculan en materia de salario y mantenimiento de empleo en la Educación Secundaria Obligatoria.

La enseñanza concertada asturiana tiene las plantillas más bajas de toda España y presenta la mayor diferencia de gasto por alumno entre la enseñanza pública y la concertada.

Por si todo ello fuera poco, el Gobierno del Principado de Asturias ha impugnado el V Convenio de enseñanza concertada con el objeto de no abonar la paga salarial de antigüedad e la empresa. Si es insólito que un Gobierno socialista impugne un convenio colectivo con el propósito de perjudicar a los trabajadores; resulta imprudente e irresponsable que no desista, a pesar de que la Junta General del Principado en su sesión de 27 de junio de 2008, le instó a que retirara tal impugnación.

Parece que desde el Gobierno del Principado de Asturias no asumen la posición política adoptada y mantenida por el PSOE como consecuencia del pacto constitucional del 78. Quizá sea debido a que alguno de sus miembros, en aquella época, andaban en otros lares.

En todo caso, si el fallo judicial les fuera adverso, la vista del juicio es hoy, alguien deberá responder por esta larga obcecación.

Juan Luis Gonzalez Diaz, secretario general de Otecas (Organización de Trabajadores de Enseñanza Concertada de Asturias).

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