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¿Vía pública? Esto es un recinto privado

19 de Marzo del 2014 - Nabila Gómez Hernández (Avilés)

A lo largo de los últimos dos meses me pregunto cuánto de corrupto está en

Avilés cualquier cosa en la que pensemos. Me pregunto cuánto de formadas

están las personas que se encargan de nuestra seguridad, todas ellas,

cobrando nuestros impuestos.

Resido en una urbanización privada, al final de la calle Camino Viejo a

Pravia, más comunmente llamada «las torres de cristalería». Como privada que

es, la ordenanza municipal del Ayuntamiento de Avilés sobre vías públicas no

es aplicable dentro del recinto. Las normas de convivencia y aparcamiento

las establecen los estatutos de la comunidad y la buena fe de los que aquí

residimos.

El 11 de enero, sábado, sobre las 12.30 del mediodía, una patrulla entra

dentro del recinto y, a través del interfono, aun pidiéndoles que subieran

al domicilio familiar, comunican a mis progenitores que debo retirar un

remolque para el transporte de caballos dado que es un «aparcamiento

indebido en la vía pública». Dan 24 horas para retirarlo, de lo contrario se

procederá a llamar a la grúa.

Como no entiendo a cuento de qué los servicios municipales tienen que

intervenir en un recinto privado, al salir de mi trabajo voy a la oficina de

la Policía Local.

Allí me dan las explicaciones pertinentes sobre la ordenanza municipal en

cuanto al aparcamiento de remolques sin motor, y al especificar que se trata

de un recinto privado, el jefe de turno decide buscar la llamada

denunciante, no constando en ningún lugar, y llama al jefe de turno de la

mañana siguiente para comunicar que esto es un recinto privado.

Domingo 12 de enero, a las 15.00 nuevamente aparece una patrulla en el

recinto, aun habiéndoles avisado, y marchando del recinto tras la presión

vecinal sin realizar ninguna acción.

El 23 de enero vuelvo a personarme en la oficina de la Policía Local para

informarme sobre la imposibilidad de tener ahí un remolque, dado que uno de

los accesos a mi urbanización es público, sin estar delimitado por una valla

(el otro acceso sí) y el jefe de turno de ese momento me dice que han tenido

que hacer una consulta a órganos superiores, porque ni ellos saben hasta qué

punto pueden acceder dentro del recinto. Es decir, posterior a la supuesta

denuncia y al intento de retirada del remolque, volví para informarme.

Me hacen saber en esta visita que en patrimonio del Ayuntamiento les han dicho que sí, que es un recinto privado.

Lunes 17 de marzo, recibo en el domicilio familiar un aviso de llegada de

correos con remitente del Ayuntamiento. Dado que para recogerla hay que

esperar al día siguiente, llamo al servicio de atención del ciudadano (SAC) del

Ayuntamiento para informarme de qué se trata, haciéndome saber que es una

multa del 20 de febrero «por aparcamiento indebido de un remolque en la vía

pública».

No puedo evitar el enfado que siento ante la incompetencia de los agentes de

la Policía Local. Tampoco puedo evitar el enfado al saber que no es normal

que a lo largo de dos meses vengan específicamente tres veces a lo mismo,

pensando ya que se trata de acoso, dado que hay en el mismo recinto más

vehículos que no podrían aparcar en la vía pública (como una autocaravana)

pero sólo siendo objetivo de multa el remolque que yo uso puntualmente para

desempeñar mi empleo. No puedo evitar que se me frunza el ceño cuando mi

único día libre lo invierto en poner reclamaciones en la oficina que el

Ayuntamiento tiene en Cabruñana y en hablar con agentes de la Policía Local

que todos tienen conocimiento de que mi recinto se trata de una propiedad

privada salvo el que se empeña en multarme.

Pago mis impuestos para que no me hagan perder el tiempo con cosas que son

obvias, porque el tiempo es oro, el que lo pierde es bobo y el que me lo

está haciendo perder un, con perdón, hijo de...

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