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Incidente en una comunidad de propietarios

8 de Diciembre del 2014 - Luis Miguel Garcia del Campo (Avilés)

El pasado 27 de octubre he asistido a una Junta de Propietarios en el barrio del Carballedo-Avilés, dicha Junta se puede clasificar como: Sorprendente, humillante, inflexible, intolerante y abusiva y en la que el protagonista es un administrador que pertenece a una empresa de renombre en nuestra ciudad.

Sorprendente, porque ese presunto administrador, minutos antes de la Junta, invitó a los 17 propietarios invitados a abandonar la Junta sabiendo que ellos eran parte cotizante de las obras realizadas/finalizadas en la fachada principal.

Humillante, porque el presunto Administrador entendía que allí se hablaba y se acordaba lo que el dijera y a pesar de mi insistencia por hacerle entender que era la Presidenta quien dirigía la Junta, hacía todo lo posible por ahogar sus palabras. Dicho administrador con sus intervenciones reclamaba permanentemente el aplauso de los asistentes.

Inflexible, porque él insistía en aprobar uno de los puntos del orden del día en el que podíamos meter en el Juzgado a 17 vecinos (otra Comunidad), que no sabían nada de sus deudas con nuestra Comunidad y en el que él no les había informado.

Intolerante, por no dejar hablar y juzgar al poner en cuestión públicamente las competencias de la Presidenta de la Comunidad y someter a votación a mano alzada su destitución cuando él debería saber (si es que es administrador) que en una Junta extraordinaria no se pueden introducir nuevos puntos del orden del día. Es decir, un golpe de estado en toda regla impulsado por un empleado de la Comunidad

Atosigamiento, porque un palmero estuvo ejerciendo un fuerte ofensiva hacia la Presidenta de la Comunidad dándole voces al oído insistentemente, acorralándola y empujándola con una aptitud provocativa, desafiante, y amenazante, con el simple objetivo de impedirle hablar. En ocasiones propiciando juramentos hacia otras intervenciones con el mismo fin.

Impresionado, porque unos días después, he comprobado que el presunto administrador no acredita documento alguno de la representación que dice ostentar, ni se ha recogido en las actas ningún acuerdo ni votación en la Junta de Propietarios donde se le nombre como administrador de ésta Comunidad y para mas INRI tampoco tenemos contrato con él ni su su empresa y por el que el año pasado hemos abonado unos 3.367, 76 uros.

El Código Deontológico de los profesionales inmobiliarios, no dice que un administrador debe de velar por mantener la profesión al más alto nivel, que sus actuaciones no deben de perjudicar el buen nombre de la profesión; que debe de fomentar la calidad en dicha profesión y hacer gala de la conciencia profesional; dar muestras de moderación y prudencia, tratando de no poner nunca en peligro la situación de sus clientes; proteger y promover los intereses legítimos de sus mandantes; esforzarse por eliminar dentro de su comunidad toda práctica susceptible de causar perjuicios al público ó a la dignidad de la profesión de Administrador de Fincas.

Me sorprende que hoy en día este tipo de actuaciones no sean reprobadas por el Colectivo de Administradores que en nuestra ciudad pueden ser muchos y que disminuye ostensiblemente la confianza que muchas Comunidades de Propietarios ponemos en éstos profesionales y que con éstas actuaciones no se vela por el buen nombre de sus colegas que deben de ir presididas siempre por el respeto y la cortesía. Toda práctica que perjudique el buen nombre de la profesión de administrador es susceptible de suponer a sus colegas perjuicios irreparables.

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