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Diferencias fiscales

5 de Enero del 2015 - José Luis Álvarez Lauret (Gijón)

LA NUEVA ESPAÑA del domingo 4 de enero de 2015 informaba de lo que en nuestro país está pasando con las diferencias abismales en el tratamiento fiscal entre unas y otras comunidades autónomas. En este caso, el informe en cuestión se refería al impuesto de sucesiones y donaciones (ISD) –transferido a las comunidades–, y comparaba la enorme diferencia que suponía el coste para los herederos de una supuesta masa hereditaria si ésta se daba en Asturias en comparación totalmente favorable si el hecho en cuestión se daba en la Comunidad de Madrid.

Uno no es experto en derecho fiscal, y por tanto sólo puede opinar de estos temas desde el raciocinio de la lógica, y eso me hace pensar que no es normal que ciudadanos de un mismo país se vean sometidos a diferentes obligaciones y derechos por el mero hecho de residir en una u otra parte de nuestra geografía. ¡Algo falla! Llevamos casi cuatro décadas de democracia y da la impresión de que los políticos lejos de hacer política del pueblo y para el pueblo la hacen: del partido y para el partido; de otra forma no se puede entender que nos pasen estas cosas.

Cuesta aun más entender que en el caso de nuestra Asturias, donde los socialistas llevan gobernando casi desde la transición política, resulte que tengamos que soportar en casos como el de las herencias una carga fiscal cien veces superior a la de un residente en la comunidad autónoma madrileña. Se nos llena la boca con palabrería y retórica demagógica tildando a nuestros oponentes políticos de insolidarios, cuando no de cosas más gruesas, y resulta que en vez de predicar con el ejemplo parece que nos dedicamos a esquilmar a los contribuyentes por doble vía. Se entendería que se gravara una donación, que a fin de cuentas es casi como una lotería o un premio que nos cayó encima sin contrapartida alguna, pero gravar de forma tan injusta una sucesión de unos bienes en los que nuestros padres ya tributaron por ellos, primero el IRPF, al declarar los ingresos que les fueron permitiendo adquirirlos, y luego, año tras año, en el (IBI) si se trata de bienes inmuebles, o en el impuesto sobre el ahorro si se trata de dinero en efectivo; a mí, que me perdonen quienes lo aprueban y lo ponen en práctica, pero me parece casi un atraco.

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