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Liberalidad, accesibilidad y Formación dual

26 de Enero del 2015 - Carlos Muñiz Cueto (Gijón)

No se puede dejar que el Estado controle todo el conocimiento, y sí que garantice la libertad docente y discente: su universalidad y acceso.

La famosa disyunción: ¿estudias o trabajas? Se convierte en conjunción con la Formación dual como concepto amplio, ya que se requiere de una actividad formativa permanente a lo largo de la vida, si la sociedad no quiere fracasar. De eso es de lo que se ha tratado en escritos anteriores, ahora se ha llegado a este punto capital de la liberalidad y accesibilidad a la actividad formativa.

Toda actividad formativa será dual y tendrá dos partes que no tienen por que ser coincidentes, pero sí secuenciales: una se desarrollará en centros formativos (Universidad incluida), y otra en los sistemas productivos (sean estos cuales sean). Por tal actividad, el alumno dispondrá de unos ingresos estatales con los que podrá pagar su formación, y esto ocurrirá a partir de los 16 años. Recibirá una cantidad en función de sus circunstancias, que será de libre disposición (solicitada y fijada por el orientador ocupacional que sea funcionario) y otra en función de los créditos cuatrimestrales obtenidos, y de la que sólo podrá disponer para pagar las próximas actividades formativas. El orientador ocupacional será el responsable del itinerario formativo (elegido por ambos) y de administrar los créditos para poder llegar a la profesionalidad en la ocupación elegida, ocupación de la que será experto conocedor de su empleabilidad el orientador. El orientador, los evaluadores de la actividad formativa anterior, y los seleccionadores de la siguiente, pasarán a ser de máxima importancia para la actividad formativa-productiva del alumno y para que consiga los ingresos con que pagarla; obviamente, en los centros formativos públicos será económica (o incluso gratuita a instancia del orientador) pero desde luego no habrá subvenciones a proyectos formativos externos a la propia Administración, pues el alumno podrá pagarlos.

Toda persona, a lo largo de su vida, tendrá un aval de la Administración para el inicio de una actividad formativa-productiva hacia una nueva ocupación elegida cuyo itinerario determinará el orientador ocupacional; y, a partir de ahí, el alumno podrá comenzar su actividad formativa-productiva de tal forma que la Administración le abonará cuatrimestralmente los créditos obtenidos en ella más una cantidad mensual de libre disposición donde, se tendrán en cuenta las circunstancias mínimas que permitan realizarla. Con estos ingresos se pagará la siguiente actividad formativa (bien sea en un centro formativo público o privado) al no existir formación gratuita. El orientador (que también lo será de empleo) podrá siempre ofrecer al alumno una actividad en un centro productivo con la que adquirir créditos e ingresos para pagar la siguiente formación de su itinerario profesional, pues cuando el alumno trabaje, o se instruya en una empresa, podrá recibir ingresos de ella y, además, siempre cobrará de la Administración los créditos obtenidos en tal actividad formativa para poder pagar la siguiente hasta conseguir terminar su promoción profesional.

Tres son los que deben trabajar en equipo junto al propio alumno-productor: el evaluador de la actividad anterior, el orientador, y el seleccionador de la nueva.

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