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La ley de Montes y los agentes forestales

15 de Febrero del 2015 - Manuel Fernández Fabián (Ribadesella)

LA NUEVA ESPAÑA del día 28 de enero publica una información sobre el proyecto de modificación de la ley de Montes aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy que quisiera matizar. En dicho artículo el Partido Popular de Asturias manifiesta que dicha norma no modifica las funciones de los agentes forestales. He de afirmar rotundamente que tal afirmación no se ajusta a la verdad.

La vigente ley de Enjuiciamiento Criminal dice en su artículo 283 que "constituyendo Policía judicial, los agentes forestales serán auxiliares de jueces y tribunales a efectos de la investigación de los delitos y la persecución de los delincuentes", obviamente, en el ámbito del medio natural. Y es esa capacidad legal de la Guardería, unida a su especialización profesional, la que ha permitido que en el último año se hayan dictado 17 sentencias condenatorias en Asturias por delitos contra el medio ambiente, apoyadas exclusivamente sobre el trabajo de vigilancia e investigación que desarrolla la Guardería del Medio Natural.

Pues bien, la nueva norma "literalmente" expresa que "en sus actuaciones como Policía judicial genérica, los agentes forestales se limitarán a efectuar las primeras diligencias y actuarán como auxiliares de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, que elaborarán el correspondiente atestado", lo que supone, de facto, impedir que los agentes lleven a cabo su trabajo como vienen haciendo hasta la fecha y dejen el campo de actuación a la Guardia Civil.

Volviendo al artículo, manifiesta el PP que el reconocimiento de la condición de Policía judicial ha ocasionado "disfunciones y faltas de coordinación" que, a su parecer, son las que trata de clarificar la ley de Montes. Sin duda, tal como plantea la CORA (Comisión para la Reforma de las Administraciones), resulta pertinente coordinar y establecer protocolos de colaboración entre la Guardia Civil y la Guardería, puesto que se trata de dos cuerpos totalmente independientes, pero en ningún caso existe duplicidad de funciones entre un cuerpo especializado en mantener el orden público y la seguridad y un colectivo dedicado desde hace más de 100 años, específicamente, a la protección de la naturaleza.

En cuanto a la eficacia del servicio que presta la Guardería, sólo hay que consultar con la fiscalía de medio ambiente para comprobar que las actuaciones de los agentes en las investigaciones sobre delitos realizadas resultan rigurosas y suficientemente sólidas y veraces para sustentar el trabajo de acusación de la fiscalía.

Por ello, no hallamos justificación alguna a la ley que se propone más allá que la de rebajar el nivel de protección del que goza el medio ambiente en nuestra región, lo cual, sin duda alguna, es un verdadero despropósito.

Desde AGUMNPA, denunciamos la sinrazón de la norma que se pretende aprobar y trataremos por todos los medios a nuestro alcance (al igual que el resto de los 6.000 agentes forestales españoles) de que no salga adelante el proyecto. Por el futuro de nuestro colectivo, pero, sobremanera, por el futuro de la naturaleza.

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