Indefensión de trabajadores afectados por ERE
Mi empresa entro en crisis y por lo tanto cuando una empresa entra en crisis, sus empleados también.
Me metieron en un ere de suspensión por un periodo de un año. El 7 de enero solicito la prestación por desempleo. El día 12 de enero recibo una resolución en el que se me informa que dicha solicitud ha sido aprobada el ocho de enero, y me especifica que el primer pago se hará efectivo el 10 de febrero.
Llega el 10 de febrero y no se produce el ingreso. El día 12 de febrero acudo a mi oficina para ver cual era el problema, y me comunican que no voy a cobrar nada hasta el día 10 de marzo, eso si me dicen que no me preocupe que en marzo voy a cobrar las dos juntas.
En mi caso por suerte puedo esperar, pero alguien me puede explicar como puede sobrevivir una familia, en la que el sustentador principal entra en un expediente de regulación de empleo, y no cobra ninguna prestación hasta pasados dos meses y medio.
De nada me vale que me paguen dos meses juntos cuando ese periodo de tiempo que no se cobra la prestación se generarán intereses por demora de pagos de recibos, hipotecas, etc,
Y además señores, no se ustedes pero yo como todos los días.
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