Alternativas de un Guardia Civil
El Tribunal Supremo (TS) acaba de confirmar la sentencia de cinco años de prisión para un guardia civil asturiano que, en defensa propia, se vio obligado a acabar con la vida de su agresor. Condena al servidor público y a su familia a interrumpir su vida durante cinco largos años curiosamente por defenderla.
Alude dicho TS a que el guardia debería haber utilizado “otras alternativas de defensa proporcionales”, en mi opinión, ninguneando la capacidad intelectual de éste para discernir en muy pocos segundos el grado de peligro de muerte que le acechaba en el momento en que su compañera, otra agente de la guardia civil, se había alejado a buscar otras “alternativas”.
No veo en cambio, ni por atisbo, este principio de “proporcionalidad” al aplicar la rebaja de las condenas a los asesinos de ETA por los atentados de Vic, Hipercor y la macabra lista de muertes de inocentes “sin alternativas”: si realmente cumpliesen veinte años en la cárcel multiplicados por cada vida segada, resultarían decenas de múltiplos de cinco años encerrados. Una “alternativa proporcional”.
Se me ocurren más artilugios “alternativos” que a partir de ahora debieran solicitar los agentes de la Benemérita a sus superiores con el fin de repeler una agresión potencialmente mortal para ellos o para los ciudadanos que precisamos su protección. El respeto que me merece el TS no alcanza para callarme un listado que enumera posibles artefactos de defensa propia de los agentes de seguridad ciudadana, pero omito obligadamente esa descripción por respeto a la familia del fallecido.
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