La libre elección de enfermera/o: Otra asignatura pendiente
El 25 de abril de 1986 se promulgó nuestra ley General de Sanidad (LGS). Esta ley, en su artículo 10, dice: “Todos tienen los siguientes derechos...” y en el apartado 13 de este artículo señala: “A elegir el médico y los demás sanitarios titulados...”.
Hoy por hoy han desarrollado este artículo las comunidades autónomas de Andalucía, Baleares, Cataluña, Galicia, Madrid, Murcia y Valencia. Corregidme si me equivoco.
La España de 1986 era la de la movida madrileña, el ingreso en la CEE, el referéndum sobre la OTAN, la segunda mayoría absoluta del PSOE, la ley de Extranjería, el cometa Halley y “Matador” de Almodóvar.
Un niño que hubiera nacido el mismo día que nuestra LGS, puede elegir hoy, a sus veintinueve años, operador de telefonía, compañía eléctrica, suministrador de gas, entidad bancaria... etcétera. También puede elegir su médico, pero no su enfermero/a. A mí me resulta anacrónico.
Salvedad hecha de las comunidades autónomas antes citadas, hoy, al elegir médico, se le asigna al ciudadano una enfermera que es, profesionalmente hablando, “pareja de hecho” de dicho médico hasta que la jubilación, el traslado o la muerte los separe.
He sido testigo de cómo muchos usuarios me dicen, confidencialmente, que pertenecen al cupo del médico X porque quieren tener como enfermera a X. Estoy seguro de que habrá casos al revés también.
La libre elección de enfermera es uno de nuestros objetivos más apetitosos puesto que supone un grandísimo avance en la visibilidad enfermera. Pero cuando se habla con los gestores sanitarios sobre este asunto, miran a otro lado o esgrimen argumentos como el diseño de los centros de salud, la desorientación del usuario o los problemas administrativos. Son todos ellos argumentos tan débiles que no resisten ni el más débil de los nuestros.
Es posible que la negativa de la Administración, en este asunto, obedezca a intereses de ciertos colectivos no enfermeros. Si es así, es preciso recordar que el centro del sistema sanitario no es ningún colectivo profesional, no es ninguna organización; es el paciente. También hay que dejar bien claro que las demandas de la ciudadanía en el momento actual hacen preciso reorganizar y tener flexibilidad e imaginación a la hora de manejar los recursos humanos y materiales, todo ello en aras de lo realmente importante: la salud del ciudadano.
He puesto en el título “otra” asignatura pendiente porque hay más. La regulación de la prescripción enfermera recientemente aprobada no es más que una limosna que no satisface ni al menos hambriento y la presencia de enfermeras/os en los puestos de alta gestión brilla por su ausencia.
Entiendo que es un momento muy bueno para que los políticos que tienen probabilidad de gobernar nuestra comunidad autónoma próximamente tomen nota del mensaje que he intentado transmitir en estas líneas.
Ángel Miguel Redondo
Infiesto
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