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Un desahucio-derribo de vivienda que se necesita investigar

20 de Septiembre del 2015 - Ángel Muñiz Fernández (OVIEDO)

Se trata de la vivienda unifamiliar ubicada en el barrio de Brañes (monte Naranco), concejo de Oviedo, que va a ser objeto de desahucio y derribo el próximo día 24, cumpliendo una orden municipal expedida por la concejalía de Vivienda del Ayuntamiento de la capital.

Según informes que obran en dicha concejalía, la citada vivienda fue construida de forma ilegal. Los propietarios de la misma solicitaron en su día la construcción de una caseta en la finca donde está construido el chalé objeto de derribo. Es decir, que la caseta se convirtió en un bonito chalé según la fotografía publicada en su periódico. En los comienzos de la obra el Seprona efectuó una inspección de la obra y observó que la solicitud no concordaba con la obra que se estaba realizando, procediendo a denunciar estos hechos ante el Ayuntamiento y exigiendo el derribo de la obra por ilegal. Hasta aquí todo está muy claro.

Pero el Ayuntamiento, por motivos que se desconocen, no procedió al derribo de la obra iniciada y ésta siguió su curso hasta su culminación y posterior ocupación por la familia que hizo la obra, formada por un empresario ruso y su esposa, natural de Sevilla; al final dicha familia estaba formada por cinco personas: el matrimonio y sus tres hijos (el menor tiene dos años). Y a partir de aquí empezaron los problemas. Los cónyuges se separaron judicialmente y la vivienda quedó en propiedad para la exmujer y sus tres hijos, según resolución judicial. Ahora vienen las siguientes preguntas:

El Sr. juez, para otorgarle a la exesposa la propiedad de dicha vivienda, tenía que tener en su poder un documento en el que se hiciese constar que la vivienda era propiedad del matrimonio disuelto y que figuraría como titular el cabeza de familia, o sea, el empresario ruso. El citado documento sería la licencia municipal de ocupación y habitabilidad de la vivienda familiar. Si existe dicho documento, la vivienda es totalmente legal y la orden de derribo es ilegal.

Para proceder a solicitar el enganche de luz y agua, es necesario presentar la licencia de habitabilidad, documento que expide el Ayuntamiento, previos los preceptivos informes de los técnicos de la Oficina Municipal de Licencias. Sin este documento la vivienda no tendría ni luz ni agua.

Si hay una sentencia judicial en la que el Sr. juez le otorga la propiedad de la vivienda a la mujer separada judicialmente y a sus tres hijos, ¿cómo es posible que le quiten la vivienda declarándola ilegal?

Si la vivienda tiene suministro de luz y agua, es obvio que al solicitar ambos suministros se presentó en cada empresa suministradora una copia de la licencia de habitabilidad, para que dichas empresas conectasen la vivienda a las redes correspondientes, así como a la red de saneamiento. ¿Cómo es posible que el propio Ayuntamiento haya dado la licencia de habitabilidad de dicha vivienda si la había declarado ilegal?

Conclusión: es evidente que en este asunto hay algo inexplicable. Por un lado, el Ayuntamiento declaró en su día, a instancias del Seprona, que la vivienda era ilegal. Más adelante un juez le otorga la propiedad de esa vivienda a la exesposa y madre de los tres hijos, y supuestamente se expidió por el propio Ayuntamiento un certificado o licencia para la ocupación por los propietarios de la vivienda construida. Está claro que estamos ante un flagrante delito de prevaricación; lo que hace falta saber quién es el prevaricador. De todas formas, en el Ayuntamiento hay muy poca sensibilidad hacia la familia que ocupa el ya famoso chalé de Brañes, que puede ser víctima de la piqueta, pero de forma injusta.

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