El error del cambio de terrazas de los bares
En este país todo son prohibiciones, todo el mundo protesta sin saber si tienen razón, y si no la tienen les da igual, el caso es protestar. Digo esto porque la nueva ordenanza de las terrazas viene de las protestas de los vecinos, no quiero quitarles la razón, en ciertas situaciones las aglomeraciones de gente causan molestias, sobre todo a los vecinos que tienen que sacar o meter el coche en su plaza de garaje. La instalación de las terrazas le dio un giro a la actividad comercial de los bares, restaurantes y otros establecimientos de las zonas de la movida. En todas las zonas donde hay terrazas la actividad es frenética, pero nunca llueve a gusto de todos. Los vecinos de dicha zonas sufren las consecuencias de la aglomeración de gente, con motivo del ruido que emana de la calle por el alto volumen de voces o gritos en la misma. Pero otra cosa es lo que se pretende evitar obligando a los hosteleros a colocar quioscos cerrados, poner mesas y sillas para los discapacitados. Tienen que retirar todas las mesas altas y taburetes con un gasto extra aparte del que ya hicieron cuando se autorizaron las terrazas. Creo sinceramente que esos armatostes de terrazas cerradas en las aceras carecen de toda estética de mobiliario urbano. Precisamente las mesas y sillas al descubierto es lo que da ambiente a las zonas de terrazas, y no lo que se pretende obligar a utilizar. Lo que si deberían de obligar a los establecimientos de hostelería es retirar mesas y sillas cuando llueve, para dejar libre el paso a las personas que circulen por esas zonas. Esto no se si servirá de algo, porque esa nueva ley es de ámbito nacional y será muy difícil de cambiar. Cuando entre en vigor se darán cuenta de los perjuicios que va a traer a unos y otros, tanto a los hosteleros como a los clientes. Si los primeros no aceptan cambiar las terrazas las pérdidas en las ventas y en puestos de trabajo van a ser incalculables.
Debe rellenar todos los datos obligatorios solicitados en el formulario. Las cartas deberán tener una extensión equivalente a un folio a doble espacio y podrán ser publicadas tanto en la edición impresa como en la digital.
Las cartas a esta sección deberán remitirse mecanografiadas, con una extensión aconsejada de un folio a doble espacio y acompañadas de nombre y apellidos, dirección, fotocopia del DNI y número de teléfono de la persona o personas que la firman a la siguiente dirección:
Calvo Sotelo, 7, 33007 Oviedo

