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Principios y valores de los empleados públicos

14 de Noviembre del 2015 - M.ª Luz Naredo Camino (Oviedo)

La ley 7/2007, de 12 de abril, que aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), recoge en su exposición de motivos, que su objetivo es establecer los principios generales aplicables al conjunto de las relaciones de empleo público, empezando por el de servicio a los ciudadanos y al interés general.

Recoge igualmente cuáles son los derechos y deberes de estos empleados públicos y cita:

"Guardarán secreto de las materias clasificadas u otras cuya difusión esté prohibida legalmente, y mantendrán la debida discreción sobre aquellos asuntos que conozcan por razón de su cargo, sin que puedan hacer uso de la información obtenida para beneficio propio o de terceros, o en perjuicio del interés público".

La ley de Protección de Datos recoge igualmente la obligación de custodiar y no publicitar los datos personales sin el consentimiento expreso de la persona afectada y considera falta grave "vulnerar el deber de secreto con respecto a los datos personales, como, por ejemplo, publicarlos en internet sin consentimiento (aunque sea por accidente)".

Que los empleados públicos estamos permanentemente siendo criticados y puestos en entredicho es ya tan habitual que ni caso hacemos, pero de ninguna de las maneras podemos ser nosotros mismos quienes tiremos piedras a nuestro tejado y, por tanto, además de ser una obligación legal y ética, deberíamos todos y todas tener a gala la práctica, como autodefensa de nuestros puestos de trabajo, de aquellos valores que nos son innatos y que el texto citado del EBEP explicita: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres, que inspiran el código de conducta de los empleados púbicos configurado por los principios éticos y de conducta regulados en los artículos siguientes.

Viene esto a cuento de la noticia recogida por un diario local con respecto al arrastre por la grúa del vehículo de una concejala y la publicación de los documentos relacionados, que parece obvio han salido de dependencias municipales, como llamamiento a los trabajadores municipales para que no cundan estos ejemplos de mala praxis y no sólo no se extiendan a otras áreas de la actividad municipal, también para que no contagien a otros u otras compañeros y compañeras.

La lealtad que debemos practicar ha de ser única y exclusivamente a la institución y a las leyes.

M.ª Luz Naredo Camino

Oviedo

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