Duda metodológica
Todos sabemos que en España la mayoría de edad está en los 18 años, para chicos y para chicas. Todos sabemos que hasta esa edad nuestros jóvenes están protegidos por la Ley y tutelados por sus padres o tutores legales. Todo ello trae como consecuencia que para realizar ciertos actos deben tener permiso de sus tutores legales, normalmente sus padres.
Por ello, si soy director o jefe de estudios de un instituto y uno de mis alumnos o alumnas, menor de edad, en horario escolar necesita ausentarse del centro para realizar cualquier gestión yo necesitaría el permiso paterno para esa ausencia (ir al médico, ir a vacunarse, marcharse para casa por encontrarse enfermo, hacer una gestión administrativa,).
Ahora viene mi duda metodológica: ¿Necesito pedir permiso paterno si una alumna me indica que tiene que ir a abortar y que no quiere que sus padres se enteren? Además, si el que la embarazó es alumno del instituto y se quiere comportar como una persona decente y quiere acompañar a la chica, ¿debo dar permiso al posible implicado y hacerlo también guardando secreto? ¿Qué ley debo obedecer la de pedir permiso a los padres para ausentarse del centro o la nueva ley que ofrece secreto para que aborten las menores?
Por último, haya dado a la duda anterior la respuesta que le haya dado si a esos mismos alumnos los cojo fumando en el centro educativo deberé sancionarlos y ponerlo en conocimiento de sus padres.
Paradojas de la vida.
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