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Carné familia numerosa, ¿un derecho o un vía crucis?

1 de Abril del 2016 - Ana Isabel Fernández Fernández (Oviedo)

Una vez acreditada inicialmente la situación que da lugar al derecho, unidad familiar con tres o más hijos a cargo, parece lógico que periódicamente se te exija mantener informada a la Administración de cualquier tipo de cambio acontecido relativo a los requisitos establecidos para optar al carné.

Sin embargo, lo que no parece oportuno, esperable ni razonable es que en respuesta a tu cumplimiento diligente de tu obligación de informar, el aparato burocrático administrativo te envuelva en una espesa gymkhana que a los efectos suspende durante un dilatado espacio de tiempo tu condición de familia numerosa y los beneficios que ello conlleva.

Es el caso del momento en que uno de tus hijos alcanza la edad de 21 años. A partir de ese momento estás obligado anualmente a notificar que tu hijo continúa a tu cargo. El trámite de notificarlo ante la Consejería de Derechos y Servicios Sociales conlleva acudir a la sede de ésta para a continuación ser remitido al Registro General y de vuelta a la Consejería. A partir de ese momento y durante cuatro o cinco largos meses, a los efectos dejas de constituir familia numerosa. Permaneces en un limbo administrativo que no te permite beneficiarte de las prebendas correspondientes. Es decir, se suspende injustamente tu derecho por causas ajenas a tu voluntad. La respuesta del personal administrativo ante tal despropósito se resume en que no existe un programa informático habilitado que permita la renovación automática sin necesidad de realizar los trámites oportunos en formato papel a la vieja usanza y con la demora que de ello se desprende.

Algo incomprensible e incluso inadmisible en la era de las nuevas tecnologías en que la Administración electrónica trata de garantizar la accesibilidad e inmediatez en todos y cada uno de sus trámites en beneficio de la ciudadanía. ¿”Administración”?; ¿electrónica? En el ámbito de los expedientes de familia numerosa resultan términos incompatibles.

Ana Isabel Fernández Fernández

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