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Contra la ordenanza que quiere extinguir los bienes comunales en Llanes

28 de Noviembre del 2009 - Alberto Álvarez Rodríguez (Llanes)

Las propiedades públicas municipales son de dos clases, patrimoniales o de dominio público, dentro de las de dominio público aparecen los comunales de los pueblos. Los responsables del Ayuntamiento han aprobado una Ordenanza de Comunales. Sin embargo las ordenanzas que regulan bienes comunales necesitan además el dictamen del Consejo Consultivo y aprobación definitiva por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, trámites obligatorios que curiosamente no han existido, se los han saltado sorprendentemente, por lo tanto esta Ordenanza no puede entrar en vigor y no es legal, no se puede aplicar, es como si no existiera y en consecuencia cualquier acto de aplicación de la misma puede ser recurrido por no tener apoyo en una norma en vigor.

La Ordenanza establece que "el Ayuntamiento podrá decidir el destino de los terrenos comunales que tengan una dimensón inferior a una hectárea, su acceso sea impracticable o resulten inaprovechables" (la mayoría). Debido a la legislación española actual, a la tradición que rige a los terrenos comunales y al Derecho Consuetudinario Asturiano, los vecinos de cada pueblu son los únicos titulares leg´tiimos de los derechos, usos y aprovechamientos de los mismos y no otros como se pretende en la Ordenanza y aunque nos parece positivo que desde el Ayuntamiento se quieran ordenar estos terrenos, no podemos estar de acuerdo en cómo se ha hecho, ni en la forma ni en el contenido. No se han convocado concejos públicos para que los vecinos de cada pueblo fuésemos informados de cómo nos iba a afectar, para poder opinar y decidir, ya que se trata de Comunales que pertenecen a cada uno de nuestros pueblos y sus vecinos desde hace mucho siglos y que nuestras familias y antepasados han utilizado desde entonces hasta nuestros días habiéndolos mantenido para las generaciones siguientes en "uso común", tal y como nosotros pretendemos. Siendo además el patrimonio de los pueblos y parte denuestra cultura, indisociable de nuestra identidad y tradición y de la de los pueblos a lso que pertenecemos nosotros y los comunales. Sin embargo el informe municipal manifiesta que en Concejo no existe la costumbre para justificar esta Ordenanza que establece, que podrán ser subastados a ganaderos de fuera de Llanes y según el Art. 4.3 el Ayuntamiento quiere reconocer aprovechamietnos a otras personas físicas o jurídicas, si quedan lotes sin adjudicar, sin especificar ni a quién ni cómo.

Contamos con el apoyo del FAR (Foro Asturiano para el Conocimiento y Desarrollo del Medio Rural).

Manifestamos nuestro desacuerdo con las formas y el contenido de la nueva Ordenanza, en nuestra opinión, por ir en contra de los intereses de Celoriu, los pueblos y de sus vecinos, de nuestra identidad, de la tradición y de la costumbre locales, aunque estimamos positivo que se quieran ordenar estos terrenos comunales de cada pueblo, por todo ello hemos propuesto (ya que van a ser requeridos por el Principado) o que se redacte una nueva Ordenanza o que se rectifique y adecue la que se presentó y se cumplan todos los trámites legales en su elaboración, permitiendo y aceptando la participación ciudadana a través de concejos públicos trasparentes, teniendo en cuenta sus opiniones, derechos legales y legítimos, necesidades, tradiciones y costumbres. Somos pueblos y orgullosos de serlo, no barrios sin identidad, si esto sigue adelante muchos comunales podría nacabar en manos de gente que nada tienen que ver con los pueblos de Llanes y sus vecinos con el respaldo municipal.

Alberto Álvarez Rodríguez, Celoriu (Llanes)

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