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Llamazares no ha sido bien informado sobre sucesiones

4 de Noviembre del 2016 - José Luis Hevia García (Oviedo)

No considerando el periódico un lugar adecuado para mantener un debate doctrinal con el señor Llamazares sobre el impuesto de sucesiones, voy a referirme únicamente a la aplicación práctica del impuesto en Asturias y a comparar la normativa legal que aplica el Principado con la que rige en Europa. Antes debo formular una pregunta: ¿cuáles son las fronteras entre las clases trabajadoras, las medias, las acaudaladas y los grandes patrimonios?, a toda las cuales se refiere el señor Llamazares cuando trata de proteger a unas y exprimir a otras. Es esencial, sobre todo, marcar la diferencia entre "medias" y "acaudaladas", porque temo que se considere acaudalado a cualquier ciudadano que consiga una situación económica desahogada a lo largo de una vida a base de muchas horas de trabajo, de renuncia a gastos superfluos y de angustiosas hipotecas. ¿En qué momento se produce el cambio de clase?: es importante, porque, cuando eso sucede, el ciudadano "acaudalado" pasa a ser el blanco de las políticas de "redistribución de la riqueza", en las que los preceptos constitucionales de reconocimiento de la propiedad, de derecho a la herencia y de no confiscatoriedad son maliciosamente ignorados.

Un caso concreto podría aclararnos las fronteras a que aludo: ese ciudadano trabajador y ahorrador al que me refiero, que no ha estafado a nadie y ha pagado sus impuestos, consigue dejar a su muerte, después de cincuenta años de trabajo, el siguiente patrimonio: una casa en la ciudad (220.000 euros), el local o el despacho en el que desarrolló su profesión (140.000 euros), un automóvil (10.000 euros), saldo bancario y un fondo de inversiones (35.000 euros) y la casa del pueblo (55.000 euros). Total, 460.000 euros. ¿Es "clase media", a la que pretende proteger el señor Llamazares, o es la clase "acaudalada" que, además de los grandes patrimonios, es la que debe soportar la carga del impuesto? (Vamos a dejar aparte los grandes patrimonios, que no van a tributar aquí, pues ya se han ido o están preparando las maletas).

La cuota tributaria que deberá pagar el hijo heredero en concepto de impuesto de sucesiones en Asturias es la siguiente:

-Base imponible: 460.000 euros.

-Reducción por parentesco: 15.956 euros.

-Reducción por vivienda habitual: 122.606 euros.

-Base liquidable: 321.438 euros.

-Cuota mínima a pagar: 60.886 euros (más posible recargo).

Además, tres plusvalías municipales, que posiblemente asciendan a otros veinticinco mil euros. Total, ochenta y cinco mil euros.

Si el supuesto es típico de una clase media, como yo pienso, ¿es justo y equitativo, como dice el señor Llamazares, que el heredero tenga que malvender alguno de los bienes o hipotecarse de nuevo para satisfacer el impuesto?, ¿o es nuestro causante de "los más acaudalados"?

El tributo de que hablamos, señor Llamazares, es mucho más alto en el Principado que en cualquier otro país europeo. Le sugiero que se encierre unos días con el "European Tax Handbook" y podrá comprobar que en veintiocho países de la Unión Europea, más Noruega, Rusia y Suiza, nuestro heredero solamente tributaría en once de ellos, siendo la cuota máxima la de Holanda, bastante inferior a la nuestra. Y si el heredero fuera un cónyuge, el viudo/a pagaría en nuestra comunidad la misma cuota de 60.866 euros, más plusvalías, mientras que en veintisiete países del área europea considerada no pagaría un solo céntimo, repito, 27 países y ni un solo céntimo; sólo en Croacia, Finlandia y Bélgica, además de España, debería tributar, siempre en cuantía muy inferior a la cuota que resulta en el Principado. Si a eso añadimos que para los parientes colaterales el tipo impositivo en Asturias puede llegar al 87,6 por ciento, siendo del 80 por ciento en Bélgica, el 60 por ciento en Francia, el 50 en Alemania y el 40 por ciento en Reino Unido, ya me dirá si tenemos o no tenemos el impuesto sobre herencias más elevado de Europa. También habla usted de EE UU, pero olvida que allí tienen una base exenta de 5,4 millones de dólares. A Japón no llegó y respecto a Corea, ¿a cuál se refiere?

Hay muchos más temas para contestar al señor Llamazares, pero seguir hablando de demagogia, de privilegios, de elitismo, de lucha de clases, de desigualdad, de revolución burguesa y demás expresiones habituales en el discurso ideológico de la izquierda, que don Gaspar repite, además de inútil, no sería posible, pues al periódico no le gustan los textos muy largos (y al lector menos), por lo que vamos a dejarlo por ahora. No obstante, quedo a su disposición, señor Llamazares, para debatir sobre la grave discriminación que sufre el contribuyente asturiano por este impuesto con respecto a los contribuyentes de otros países europeos y de las restantes comunidades autónomas españolas.

Y, definitivamente, he de acabar porque en este puente tengo mucha hierba que pradiar y lo primero es lo primero.

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