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La escala de la flotiilla rusa en Ceuta

23 de Noviembre del 2016 - José María Pérez Arias (Oviedo)

Hemos asistido en los últimos días a la polémica generada por la igualmente polémica decisión del Gobierno español en funciones de autorizar a una flotilla rusa su avituallamiento en Ceuta; decisión que fue corregida más tarde solamente por las presiones, recomendaciones y filosofía de nuestros socios de la Alianza Atlántica (léase OTAN) ante la evidencia de que la formación naval no realizaba una travesía inocente sino una singladura a Siria, país en el que Rusia no solamente combate en apoyo de un régimen político condenado internacionalmente como es el de Bashar Al-Asad, sino que además ansía disponer de bases estables (actualmente cuenta con facilidades y alguna instalación en la de Tartus desde 1971) para fomentar su presencia naval en el Mediterráneo, después de que Argelia dejase de conceder a la flota soviética las facilidades de utilización de la base de Mers el Kebir para descanso, reparación y aprovisionamiento de sus buques. Recientemente el gobierno sirio ha aceptado una petición rusa para la construcción de una nueva base en la ciudad costera de Jableh, al norte del país según informó en su momento el diario Al-Quds Al-Arabi.

Resultan naturales y comprensibles las quejas y advertencias de los países de la OTAN por la decisión inicial española, que con miopía política y estratégica sobre todo por parte de los responsables de Exteriores y Defensa (aunque lo fuesen “en funciones”) autorizaron la escala de la flotilla rusa en el puerto español de Ceuta, aún a pesar de que como posteriormente explicó el Gobierno ‘’(...) este tipo de concesiones se realizan con total transparencia según las características del buque y atendiendo a criterios de seguridad de la población principalmente (...)”; explicación que no aclara mucho sobre el protocolo a seguir para la autorización de escala de buques de combate extranjeros en nuestros puertos, y pone en tela de juicio el invocado principio de transparencia por no haber informado al mando de la Alianza de la autorización en principio concedida. De hecho, a raíz ele la controversia se ha manifestado desde Exteriores que “(...) las últimas escalas solicitadas por las autoridades rusas se están revisando en función de la información que estamos recibiendo de nuestros aliados y de las propias autoridades rusas”.

Otro aspecto a tener en consideración a la hora de valorar la decisión inicial de nuestro Gobierno lo constituye el hecho de que España es parte integrante de la fuerza naval aliada con misión de vigilancia de las evoluciones de la Armada rusa por las inmediaciones de espacios marítimos próximos a países de la OTAN; razón que obligaría a un estudio más profundo de las solicitudes de autorizaciones de escalas.

Tampoco justifica la decisión inicial española el que Ceuta se encuentre fuera de la zona OTAN, lo cual por otra parte resulta harto discutible ya que aunque para las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla (así como para las plazas menores de soberanía del norte de África) no se han conseguido garantías políticas formales sobre su inclusión en la OTAN, no deja de ser cierto que el protocolo para el ingreso de España en aquella habla de la entrada del Reino de España, sin hacer distinción alguna de los territorios que lo componen. Y Ceuta es uno de ellos.

En la actualidad la visita y aprovisionamiento de buques de combate rusos en puertos españoles no resulta extraña; pero tal vez quepa aquí recordar la que probablemente haya sido una de las primeras presencias –si no polémica, sí complicada– de la flota rusa en nuestras aguas territoriales en el Siglo XX, así como el celo y procedimiento con que actuó el Gobierno español de la época aunque la dimensión de los hechos, la situación geoestratégica y el entorno político del momento no resulten comparables.

Hallándose enfrentada bélicamente Rusia con Japón por el control de la península de Corea, España aplicó perfectamente los protocolos como país neutral en los primeros días de marzo del año 1905. Por aquellas fechas una potente agrupación naval rusa acantonada en el mar Báltico compuesta por trece buques de guerra y tres de apoyo para carbonear y suministrar a los anteriores, se desplazaba por el Mediterráneo en demanda del canal de Suez para proseguir hacia el Pacífico y reunirse con el segundo Escuadrón de tal océano, cuando debido a las importantes averías ocasionadas por los temporales que presentaban algunos de los navíos, pretendieron refugiarse en el puerto, fondeaderos yaguas próximas al archipiélago de las Chafarinas, plaza menor de soberanía española situada a 3,3 kilómetros de la costa marroquí, muy próximo a la desembocadura del río Muluya y a 21’6 kilómetros al oeste de la frontera entre Argelia y Marruecos, que a todos los efectos era territorio neutral.

Ello implicaba que la flota rusa únicamente podría permanecer por espacio de 24 horas en sus aguas según la legislación internacional vigente para reparar sus averías y hacerse de nuevo a la mar, so pena de quedar internada, como así fue advertida. Este plazo fue ampliado en ocho horas más a petición del almirante ruso Nikolai Ivanovich Nebogatov, de manera que a las 20.00 horas del día 8 de marzo la flota rusa zarpó hacia el Canal de Suez para proseguir su singladura, que terminó fatalmente el 27 de mayo de 1905 en las inmediaciones de la isla de Tsushima (entre Japón y Corea), donde la Armada japonesa hundió, destruyó ó capturó 42 navíos rusos causando 4.380 muertos, y aniquilando todo el poderío naval ruso de la época.

Finalmente no puede quedar sin mención el derecho de soberanía de cada país en la toma de decisiones respecto del avituallamiento de buques de terceros países; pero tampoco puede quedar oculto que perteneciendo como miembro de pleno derecho a una organización como la OTAN y en un momento en que las relaciones entre ella y Rusia comienzan a ser nuevamente delicadas, necesariamente debe existir una coordinación en las decisiones de un país miembro que de una u otra manera puedan tener proyección sobre la política general de la Alianza.

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