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Formación dual: una exigencia de futuro

9 de Febrero del 2017 - Carlos Muñiz Cueto (Gijón)

Hagámosla bien. La formación dual hecha bien, es una exigencia de futuro. El concepto formativo ocupacional y permanente nunca ha sido bien tratado. Reflexionen sobre esta pregunta: ¿pueden los padres pedir la desaparición de la Educación pública porque, asociados en cooperativas, se harán cargo de ella? Hagan ahora una relación biyectiva con la historia de la formación profesional ocupacional que, a su vez, debe ser dual y continua. Pregúntense por qué los funcionarios que impartían los cursos de formación ocupacional fueron declarados legalmente «no docentes» tras la reforma de la función pública en 1984. El único pretexto esgrimido fue que no eran funcionarios del Ministerio de Educación y Ciencia al ser funcionarios docentes del Ministerio de Trabajo y, además, cotizantes a la Seguridad Social a través de la Dirección General de Enseñanzas Medias hasta 1980. Algunos, después, pasaron 30 años legalmente como «no docentes» impartiendo sus cursos gracias a que un juez añadió en una sentencia desfavorable: «Los jueces no hacen las leyes. Pero así y todo, nadie puede obligarles a que dejen de impartir sus especialidades formativas mientras no soliciten otra función»; o algo similar, que resumía su situación.

Además de la formación inicial académica, deben incrementarse los postgrados de la formación dual y potenciarse aguas abajo de la colaboración Universidad/ Empresa con centros propios de la Administración. Encargándose tales centros de la dinámica ocupacional específica que los tiempos actuales demandan. Se hará con el fin de aumentar la cooperación empresarial y la productividad del país; se buscará proporcionar el consiguiente aumento del PIB: única posibilidad de progreso. Tal actividad formativa será posible porque las horas de trabajo anuales por persona y empresa se reducirán sin coste empresarial alguno, al igual que el salario. Las horas lectivas en los centros de la formación dual se considerarán horas suplementarias a las anuales de la empresa (compensación salarial) y serán retribuidas por el Estado según el nivel EQF de la formación que se realice. Ahora bien, la selección para poder asistir a tal formación dual (recuérdese que se hará siempre junto a un puesto de trabajo en una empresa), será muy exigente como tal función pública que es; mucho más exigente que su evaluación final: pues si el discente es el adecuado para recibirla, siempre habrá alguna rentabilidad posterior. Tal retribución cotizará a la Seguridad Social igual que cualquier otra actividad laboral. Las empresas, donde se ubiquen los puestos de trabajo de la formación dual, tendrán sólo los mínimos gastos que se consideren necesarios: material de trabajo, seguridad, etcétera. No se considerará a esas empresas legalmente contratantes de los discentes, pues es el Estado quien los contrata. El Estado será, a todos los efectos, como una empresa subcontratada para desempeñar esos puestos de trabajo de la formación dual en las empresas. Unos puestos de trabajo que existirán, ya que la Administración se encargará de motivar para que así sea. La selección de alumnos, como todo contrato de la Administración, será muy selectiva y específica para cada especialidad formativa, aunque sea el discente quien solicite la actividad, previa orientación del Servicio de Empleo y Acción Formativa. Tomemos estas cosas en serio, dejemos los oportunismos, nos jugamos la dinámica de fijar experiencia y juventud al territorio, o la sentencia de la Historia por no lograr el pleno empleo sin hacer nada especial al respecto.

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