Titularidad de propiedades
En base a la experiencia que he tenido recientemente quiero contar mi caso públicamente para informar que no hay amparo legal cuando existen complicaciones; por un lado para advertir que no se realicen este tipo de operaciones y por otro para recibir, si la hubiera, alguna remota solución al respecto que yo ante mi ignorancia y posibilidades no haya contemplado:
En mayo del año pasado 2008 mi pareja compra un vehículo de segunda mano y lo ponemos a mi nombre. En febrero de este año nos separamos tras un trágico suceso de violencia de género y después de todo el proceso él viene a recoger sus cosas, incluido el vehículo, ya que en esos momentos yo no recordé que la titularidad del mismo la tenía yo, pero él sí fue rápido de desligar lo que teníamos en común a su nombre a los dos días de salir del calabozo.
En abril me llega el impuesto de vehículos del año en curso correspondiente a ese vehículo y es cuando yo reacciono ante esta situación y empiezo a buscar soluciones. Dado que existe una orden de alejamiento de mi pareja, me pongo en contacto con mi abogada, quien a su vez se lo comunica a él y en un principio no pone ninguna pega y siguiendo las instrucciones de mi letrada le entrego personalmente a ella la documentación original de los cargos para que pueda abonar el importe, que le hace llegar por correo ordinario; le insisto para que le informe de que debe cambiar la titularidad del vehículo, para que yo no siga recibiendo más incidencias del mismo.
En julio aún no se ha recibido noticia alguna; ni él ni su abogado responden a las llamadas de mi abogada. Yo sigo recibiendo más notificaciones y ya con recargos. Mi situación económica en esos momentos es bastante precaria y me es imposible atender los cargos. Me presento en la Dirección General de Tráfico en Gijón para dar de baja el vehículo pero no me atienden ni me informan como es debido y dado que yo no tengo la documentación del vehículo me niegan la solicitud, pues no puedo demostrar que es mío, pero a la hora de pagar parece ser que no hace falta ningún tipo de documentación. Dado que nadie me ofrece una solución decido interponer una denuncia con todo lujo de detalles el 21 de julio, cuya respuesta el 23 de julio es: al no ser los hechos constitutivos de infracción criminal, procede acordar el archivo.
Sabiendo que ese vehículo en esas fechas circulaba sin seguro y pendiente de pasar la ITV ya os podréis imaginar la impotencia que se siente ante el desamparo general de soluciones.
En septiembre recibo la notificación de denuncia por no pasar la ITV y descubro que tiene fecha 12 de julio, es decir, que cuando yo pongo mi denuncia este hecho ya había ocurrido. No obstante, hago un recurso que no me vale para nada, y en noviembre recibo la resolución.
El 11 de diciembre recibo una notificación del embargo del vehículo que yo tengo, con cinco días de plazo para entregarlo. Me tuvieron que prestar el dinero para poder atender el cargo de una propiedad que no tengo, el cual correspondía a una multa y al impuesto de vehículos de este año. Aún me queda por abonar el de la denuncia por la ITV.
Ante la desesperación de no seguir acumulando más cargos, como los impuestos del próximo año u otros imprevistos, al final conseguí solucionarlo: me informé en desguaces cómo retirar un vehículo en mi situación, y sin más costes que mi desplazamiento para localizarlo, se lo llevaron en la grúa y me tramitaron la baja al instante.
No considero justo que no haya otra solución en casos como éste que se puede demostrar la situación real.
Tomar buena nota para que no os ocurra nada parecido.
Aprovecho desde aquí a las personas que realmente me ayudaron en esta peculiar situación.
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