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El "efecto Manuel" y el Sespa

4 de Abril del 2017 - Juan C. Herrero (Oviedo)

Con la aplicación del decreto 70/2016 de la Consejería de Presidencia del Principado, se concreta cómo evitar que un paciente del Sespa se vea obligado a abandonar el hospital si aún está convaleciente. Tal fue el caso de Manuel, a cuyo hijo convocó el anterior director del HUCA, D. Miguel Javier Rodríguez Gómez, actual gerente del área sanitaria V, para conminarle a llevarse a su padre del hospital, tal como lo describió LA NUEVA ESPAÑA el 12 de febrero de 2014.

La constancia de la familia llegó al Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que condenó al HUCA (LNE, 22 de octubre de 2016). Fundamentándose en la jurisprudencia, el hijo del fallecido solicitó al Consejero de Sanidad una audiencia para plantearle dos principios de actuación, de modo que nunca más se expulsase a un paciente cuyo estado de salud fuese precario.

La familia de Manuel se amparaba en la Ley Reguladora de la Autonomía del Paciente, en virtud de la cual no aceptaban el alta forzosa de Manuel viendo su precario estado de salud y la manifiesta infección que sufría. La respuesta del entonces director del HUCA fue explícita: “Necesitamos la cama, o se lleva a su padre o llamo a los servicios sociales para que se lo lleven”.

Manuel fallecía a los diez días de esta vergonzosa orden del entonces director, para quien el hijo del paciente pide, tras la sentencia del TSJA de 2016, una responsabilidad personal más allá del amparo corporativo. Así se lo solicitó al consejero de Sanidad, quien se comprometió en llamar al orden al responsable de la expulsión del paciente Manuel.

La familia de Manuel sigue a la espera de la respuesta oficial respecto a la apertura del expediente disciplinario del entonces director del HUCA, una invocación que llegó en su día hasta el Comité de Ética del propio hospital, que desestimó la petición, sin sospechar que ese procedimiento sería sancionado por el más alto tribunal de nuestra autonomía.

Del fruto de aquella ignominia cabía esperar una rectificación para que nunca más ocurrieran esos hechos. Y ha llegado el decreto 70/2016, que a día de hoy evitaría la prematura muerte de Manuel. Ahora se evitarán en parte otras expulsiones que atentan contra los derechos de los pacientes.

Por consiguiente, no resulta pretencioso denominar dicho decreto como “efecto Manuel”, viendo los principios planteados al consejero de Sanidad el pasado mes de septiembre, antes de la elaboración del decreto, para que ningún paciente en Asturias vuelva a ser desahuciado del hospital y despojado de su propia integridad física y moral.

Juan C. Herrero (hijo político de Manuel), Oviedo

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