Juana

10 de Septiembre del 2017 - marcelo noboa fiallo (Gijon)

Todos los veranos surge algún tema, acontecimiento, drama...,que por su difusión mediática, termina siendo lo que hoy llaman "trending-topic" y, en otras épocas, "culebrón del verano", lo que suscita debates de todo tipo. En éste verano que está entrando en su fase final, creo que no será difícil ponerse de acuerdo en que el caso de Juana Rivas, ha reunido los requisitos para ello.

Juana Rivas, madre de dos niños, lleva batallando en los juzgados la custodia de sus hijos que, por sentencia dictada en Diciembre de 2016 y ratificada posteriormente en Abril del 2017, por la Audiencia Provincial de Granada, le obliga a la restitución de los menores a su padre, de nacionalidad italiana, vecino de Carloforte (Cerdeña) quien, en el 2009 y, por sentencia judicial, fue condenado por maltrato y violencia de género. Juana Rivas se ha negado a cumplir la sentencia, desobedeciendo el mandato judicial y, en consecuencia, corriendo el riesgo de ser acusada de desacato, secuestro de menores y prófuga de la justicia. En medio de ello, solicitó amparo al Tribunal Constitucional, el cual no ha admitido dicho recurso por considerarlo fuera de plazo.

No voy a entrar en los debates colaterales, que se han suscitado a lo largo del verano en relación con el caso, tales como si un "maltratador nunca puede ser un buen padre" o si "Juana Rivas es víctima de una justicia machista" o "stop feminazis"...etc. Ello requiere otro espacio y otro momento, pero sí creo que Juana Rivas, en mi modesta opinión, ha sido víctima por partida doble. Por un lado, como consecuencia de la sentencia, no va a poder disfrutar de sus hijos como ella quisiera al menos hasta que los tribunales italianos se pronuncien sobre la custodia definitiva y, por otro lado, víctima de un entorno que ha confundido los deseos, la empatía, el cariño y su concepción particular sobre de la justicia, con los hechos probados en la sentencia.

En mis últimos años de servicio como psicólogo y funcionario del Estado fui uno de los responsables de los servicios de Protección a la Infancia en Salamanca y, de aquella larga y enriquecedora etapa, guardo en mis recuerdos momentos muy duros, tristes, desoladores, incluso de rabia por los dramas humanos a los que había que enfrentarse. Psicólogos, pedagogos, trabajadores sociales, preparados especialmente para abordar técnicamente estos procesos, tenían que hacer verdaderos esfuerzos personales para llevar de la mejor manera posible las sentencias judiciales emanadas, en la mayoría de los casos, del fruto de un trabajo intenso y coordinado entre los técnicos de la administración autonómica, técnicos de la Fiscalía de Menores y Juez de Menores, al amparo de la Ley 7/2000 de Protección Jurídica del Menor y de todos aquellos decretos, órdenes, reglamentos, emanados de dicha Ley.

Por supuesto y fruto de la experiencia de tantos años, los debates entre nosotros, como no podía ser menos, eran intensos y variopintos, reflejo de nuestras legítimos posiciones ideológicas y de cultura social, en torno a las carencias de la Ley, aspectos no contemplados y desfases temporales, pero de ahí no pasaba o en el mejor de los casos, los que militábamos en algún partido político o sindicato podíamos aportar nuestros conocimientos en la materia para enriquecer el discurso político, pero las sentencias judiciales y las acciones que de ellas se derivaban, las ejecutábamos sin ningún tipo de debate ni pronunciamiento público al respecto.

Señalo lo anterior porque en el caso de Juana Rivas media España (y la otra también) hemos podido observar la presencia omnipresente de un personaje que, hoy es casi tan popular como la madre de los niños y que se ha presentado como su asesora jurídica, Francisca Granados (el Colegio Oficial de la abogacía de Granada ha desmentido que fuera letrada). Personaje clave para entender"el culebrón" y por el que la juez de Granada la ha imputado como posible inductora o participante de un delito de sustracción de menores. El "asesoramiento jurídico" no parece haber contenido los elementos necesarios para la toma de decisiones de Juana Rivas y las consecuencias jurídicas que de ello se derivan, ya que permaneció casi un mes desaparecida con sus hijos de 11 y 3 años para no entregarlos al padre.

El martes día 28 compareció ante la juez, quedó en libertad provisional y salió sonriente del juzgado: "Me voy a mi casa con mis hijos". No parecía ser consciente ese día, de que la sentencia es firme y que la obliga a devolver a los menores al padre, para que los tres regresen al pueblo italiano de donde Juana se marchó hace 15 meses y donde sus hijos tienen la residencia reconocida.

Los jueces, por otra parte, en distintos pronunciamientos, han reiterado que es en Italia donde se debe dirimir la custodia y los episodios de malos tratos que ella denunció haber sufrido allí y para lo cual, la justicia italiana ha señalado el próximo 31 de octubre como fecha para que ambos progenitores comparezcan ante el juez y dirimir a quien corresponde la custodia de los hijos que, provisionalmente, la ostenta el padre.

Francisca Granados ha roto el principio de no implicación afectiva exigible a cualquier profesional que trabaje en estos temas, principio sin el cual no es posible el trabajo profesional en temas sociales. Ello no implica la renuncia a las convicciones e ideología propias que cualquier profesional puede y debe no sólo seguir manteniendo sino defendiendo en el ámbito que considere oportuno, menos en el ejercicio de su trabajo.

El culebrón del verano también ha estado acompañado de una nueva versión de Fuenteovejuna, al grito de "Todos somos Juana" o "Juana está en mi casa" la protagonista ha vivido una ficción, una ilusión que no se correspondía con lo que ocurría a nivel judicial y que generó en ella la creencia de que finalmente la justicia le daría la razón. Las declaraciones de las personas que participaban en las manifestaciones, todas ellas, tenían un contenido común: el voluntarismo, la empatía con la madre y una gran confusión sobre las normas que la Juez consideró en derecho, para su aplicación.

Es obvio que persisten lagunas y deficiencias notables tanto en la Ley de Protección Jurídica del Menor, como en la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género del 2004 y sobre todo, carencias materiales y personales para que la labor de los jueces, en estos y otro casos, se aproximen más a una "justicia más justa" (permítaseme la alegría) pero ello compete al Parlamento y..., todos sabemos que para sus señorías, lamentablemente, este es un tema menor que morirá como el verano está a punto de morir.

Marcelo Noboa Fiallo, Xixón

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