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¿Venganza... anticonstitucional?

6 de Febrero del 2018 - Miguel Ángel Loma Pérez (Sevilla)

En síntesis, los principales argumentos de quienes buscan derogar la pena de prisión permanente revisable, para delitos muy terribles, suelen ser éstos: que no se debe legislar en caliente, que hay que ser generosos porque la pena no puede ser una venganza de las víctimas, y que sería una pena anticonstitucional por ir contra la norma que fija que “las penas... estarán orientadas hacia la reeducación y la reinserción social”. En cuanto a lo de legislar en caliente, cabe decir que ojalá hubiera la posibilidad de hacerlo en frío; pero sucede que estos delitos nunca faltan: siempre estamos en caliente. Respecto a la generosidad y no venganza de las víctimas, suena a burla equiparar una pena de prisión (¡revisable!) con una auténtica venganza, como sería infligirle a ese tipo de delincuentes lo mismo que ellos les hicieron a sus víctimas. Y sobre su posible anticonstitucionalidad, extraña la tan dispar interpretación que se hace de los preceptos constitucionales. Por ejemplo, mientras una norma recoge el derecho de todos los españoles a usar el castellano como lengua española oficial del Estado, y otra el derecho que «Todos tienen... a la vida», lo cierto es que en una parte de la nación muchos niños carecen del derecho a recibir sus clases en español, y que cada año desde hace décadas son eliminados unos cien mil seres humanos mediante el aborto. Sin embargo, de una norma que sólo dice «estarán orientadas» se exige interpretarla de forma que acabe prohibiendo una pena revisable. Sorprendente.

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