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Truébano, la tercera expropiación

11 de Septiembre del 2018 - Francisco Santirso Vazquez (Laguna de Duero)

Truébano se encontraba situada en la colina de Aspra, junto con otros lugares como Vega, Paraxuga, Olivares, Canales, Veinticinco Piedras, etc., muchos de ellos, hoy día han desaparecido por la antigua ciudad sanitaria, el campus universitario, la avenida de Julián Clavería y las urbanizaciones realizadas en Monte Cerráu. De todo ello, hoy queda como único testigo, la iglesia del Cristo de las Cadenas.

Dan acreditada cuenta de Truébano el plano de la "Ciudad de Oviedo y sus Arrabales" (1940), de los ingenieros de minas D. Manuel López-Dóriga y D. Antonio Landeta, así como las "Planimetrías del MTN50" del Instituto Geográfico Nacional, concretamente su plano de la zona nº 5 (1934, con revisiones y modificaciones de 1942 y 1950) e, incluso, el plano de la Ciudad de Oviedo de la U.S. Army (1943). Pero sin duda es el plano de la Ciudad de Oviedo (1940) el que recoge perfectamente los dos asentamientos poblacionales de Truébano.

En 1887, en Truébano estaban censadas 26 familias (156 personas). Las primeras edificaciones se encontraban al comienzo del camino que partía de la carretera del Cristo de las Cadenas donde, formando una corrada, se hallaban "Casa Lin", "Casa Encarna" y "Casa el Maraxu". Este lugar era conocido como "Truébano de Acá" (43º 21' 19'' - 5º 52' 03'') y su emplazamiento coincidía con el actual Establecimiento Residencial para ancianos "Carmen Polo".

1. La primera expropiación (bélica). La vida en Aspra y Truébano era tranquila y, mientras sus paisanos celebraban la festividad del Carmen, les vino encima la guerra (1936) pasando trágica factura a las vidas de sus honorables y humildes familias. En efecto, por decisión del coronel Aranda, se estableció una "línea de protección" el 20 de julio de 1936, desalojando despiadadamente a las gentes de sus casas. En aquella línea del frente se infringieron los terribles ataques del 4-10-1936, 14-12-1936, 21-2-1937 y 21-10-1937, con las milicias del ejército popular, al mando del mayor Lucio Deago (jefe de la 4ª brigada), en la "cueva Diego" bajo el texu del Campón, quedando destruidos la mayoría de los edificios: capilla del Cristo, depósito de El Picayón, casas, panadería, herrería, hórreos, cuadras... De toda aquella barbarie aún permanecen en pie algunos restos, para que podamos reflexionar. Consecuencia de ello, todas las familias de Truébano tuvieron que abandonar sus casas, trasladándose a otros lugares (como Las Caldas), mientras duró aquella contienda. Acabada la guerra civil, se reconstruye la capilla y..., llegaron las expropiaciones para construir el Estadio de la Juventud, la Residencia Sanitaria, el Hospital General, el polígono de Buenavista, el Campus Universitario..., sobrevino el desmantelamiento del Asilo del "Carlos Tartiere", el destrozo de Monte Cerráu...

2. La segunda expropiación se produce durante la fase más dura de la dictadura (1943) al decidir la Diputación Provincial construir un nuevo hospital "para pobres de solemnidad", según manifestó Labadíe Otermín al periodista Juan Luis Cabal Valero, del diario "La Nueva España" (dato recogido por Miguel Somovilla: "Hospital General de Asturias, crónica de un cuarto de siglo", p.23), así como el Ministerio de la Gobernación autorizar, con fecha 17-12-1953, la edificación de la "Residencia Sanitaria" de la Seguridad Social. En efecto, finalizada la Guerra Civil (1936-1939), se dio la puntilla a Truébano (valga la expresión) con la expropiación forzosa de las fincas "del Monte" y las caserías, acordada mediante Decreto de la Jefatura del Estado, de 24 de septiembre de 1943 (Boletín oficial de la Provincia de Oviedo número 235, del 19 de octubre), en cuyo artículo único se "declara de urgencia la ejecución de las obras del nuevo Hospital Provincial de Oviedo...", firmado por Francisco Franco y su Ministro de la Gobernación, Blas Pérez González. No resulta difícil deducir, que en "aquellos duros años de dictadura", el proceso de expropiación se realizó sin "ninguna garantía" para los expropiados, ya que no solo no era posible defender los legítimos derechos de propiedad, sino más los elementales derechos ciudadanos, pues simplemente no estaban reconocidos en aquella España de los años 40, y sin duda, de haberlo hecho, hubieran sido utilizados en contra de los expropiados con toda seguridad, ya que cualquier oposición a la construcción de un centro sanitario que representaba un evidente progreso para aquella sociedad que se estaba recuperando de aquella terrible guerra y se hallaba en pleno proceso de represión, estaría condenada a no ser entendida y, por consiguiente, al fracaso.

3. La tercera expropiación (la actual) es la más infame, por producirse en plena sociedad democrática. En efecto, pasando por encima de la Ley de Memoria Histórica y del Derecho de Reversión que determina la Ley de Expropiación Forzosa, esta "nueva expropiación" comienza en 2016 con un proceso de participación, promovido por el Ayuntamiento de Oviedo, cuyo protocolo de participación "orienta" hacia los usos a dar al "Vieyu HUCA": formativo-educacionales, socio-culturales (como salas de exposición, salas de ensayo), socio-asistenciales (como residencias del ERA, gimnasios para mayores), deportivos (zonas de skate), lucrativos (parking) y permutas, residenciales (Policia), espacios coworking, mercadillos cubiertos, zonas verdes productivas... El 3 de octubre de 2017, en artículo de la Nueva España de Lucas Blanco, se informa del proyecto ganador denominado "Hucamp: la campa de todos", elaborado por un equipo con el madrileño Juan José Tur al frente, que incluye trasladar a la zona el cuartel de la Policía, crear un centro de investigación en Maternidad, un campus universitario, una mancha verde y varios equipamientos de uso público y residencial, todo ello a desarrollar el diez años y con una inversión de 12,5 millones de euros. Recientemente, en un nuevo artículo, también de La Nueva España, publicado el sábado 17 de marzo de 2018, Daniel Lumbreras afirma que la Consejería de Infraestructuras, con fecha 1 de enero de 2018, ha liberado la mitad de los espacios de su condición de servicio público y que los ciudadanos advierten como una maniobra para intereses inmobiliarios. De idéntico modo, y al igual que los vecinos, Ciudadanos también habló de propósitos dudosos en los terrenos cuando su portavoz municipal, Luis Pacho, valoró que el anuncio de Lastra supone que «el Principado ha iniciado la operación especulativa en el antiguo HUCA. Con nocturnidad y alevosía, además, ya que ya lo hizo el pasado mes de enero sin que nadie se enterase».

Precisamente en un momento tan sensible como es el actual, en el que con la llegada al ejecutivo del Partido Socialista, se reactiva la Ley de Memoria Histórica (cambio de nombre a las calles de diversas ciudades, entre ellas Oviedo, exhumación del dictador Franco, exhumaciones de las víctimas del franquismo, etc.), no se entendería que no se reparara los atropellos sufridos, en aquellos duros años de posguerra, por otras víctimas del franquismo que han visto como se les desposeía de sus más preciados bienes, y que incluso hoy (en plena Democracia y dentro de un Estado de Derecho) se hiciera "pasando por encima" de las leyes:

"...las personas que, durante los decenios anteriores a la Constitución, sufrieron las consecuencias de la guerra civil y del régimen dictatorial que la sucedió".

"...las injusticias y agravios producidos, por unos u otros motivos políticos o ideológicos o de creencias religiosas, en aquellos dolorosos periodos de nuestra historia" (Ley 52/2007, de 26 de diciembre, de Memoria Histórica, por el que se reconocen y amplían derechos y se estableen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura), y

"Art. 54 y 55. 1. En el caso de no ejecutarse la obra o no establecerse el servicio que motivó la expropiación, así como si hubiera alguna parte sobrante de los bienes expropiados, o desapareciese la afectación, el primitivo dueño o sus causahabientes podrán recobrar la totalidad o la parte sobrante de lo expropiado, mediante el abono a quien fuera su titular de la indemnización que se determina..." (Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, modificados por la Disposición Adicional Quinta de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación).

Estas leyes tienen como finalidad la restauración, la rehabilitación y la reparación de los derechos de los ciudadanos, otrora agraviados.

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