Guardas de medio natural: el arma va en la i
Un paisano hace un fuego en un día de alto índice de riesgo de incendio. Se acerca un guarda del medio natural y le llama la atención sobre la prohibición. El aludido, nervioso, contesta "Nun me multe, señor guardia, que solo toy quemando un pocu morgazu las patacas".
Si dejamos aparte la cuestión de la legalidad o no de la acción del infractor, la atención se nos va entonces al "señor guardia", de cierto carácter sumiso y exculpatorio..., pero sobremanera a esa "i" ocupante.
En las ciudades hay guardias de tráfico (ahora ya casi no desde la instalación de los semáforos para dirigir la circulación en los cruces). También están los guardias de tráfico de la Guardia Civil. Hay guardias municipales o de la Policía Local. Y en los montes y los ríos trabajan guardias del Seprona. Un soldado cuando esté en su garita estará de guardia... Y todas esas ocupaciones laborales o militares se realizan portando un arma. Todos ellos, agentes o soldados, desempeñan sus quehaceres representando a la autoridad (civil o militar) de una manera que, puede opinarse, tiene cierto carácter coercitivo. Precisamente por la posesión del arma de fuego.
Los guardas de museos, el guardagujas del ferrocarril, los guardas rurales de los cotos de caza... no portan armas en la realización de sus labores cotidianas.
Los guardas del medio natural del Principado de Asturias las usan solamente en la práctica de algunas actividades especiales y muy concretas, como los controles de ejemplares de algunas especies silvestres, cuando fuera necesario. Pero no en el ejercicio de sus normales actividades de trabajo.
Innegablemente, aquellos agentes de la autoridad con arma (guardias) no son iguales a estos otros (guardas) que vigilan (guardan) el medio natural y ejercen su autoridad con el único respaldo del propio carácter administrativo de su trabajo. Son, asimismo, agentes de la autoridad, pero funcionarios inermes.
No hay componente "militar" o armado en su función diaria.
Ni tampoco "i" en su denominación.
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