La Nueva España » Cartas de los lectores » Abandono de Ibias

Abandono de Ibias

14 de Mayo del 2010 - Fernando González (San Antolin de Ibias)

Esta carta fue enviada hace seis meses al Principado y no solo no ha tomado ninguna medida al respecto. Simplemente no ha contestado. Fue enviada certificada y con acuse de recibo. Verdaderamente una pena, ya ni te contestan. En Ibias seguimos medioambiental Y fluvialmente hablando, abandonado en profunda regresión.

La Carta de la Asociación de Pescadores de Ibias dice rextualmente:

A: «Ilustrísimo Señor Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras»

Fernando González Pardo, con dni (09.390.948-W), mayor de edad y cuyos demás datos obran en la parte superior del encabezamiento a efectos de identificación y notificación, con el debido respeto, comparece ante V.I; y expone:

Que es presidente de la Asociación de pescadores del Ibias, inscrita en la sección primera con número 8885 con fecha 16 de mayo de 2008.

Que como presidente de la misma y en nombre propio; paso a exponer a V.I, una serie de hechos que bajo el entender de esta Asociación y de sus asociados, redundarán a nuestro parecer en un beneficio para nuestros ríos y en especial para el Río Ibias.

PRIMERO.- Se hace necesario, quitar el tramo de pesca sin muerte por los siguientes motivos:

a).-No genera beneficios de ningún tipo.

b).-Impide que nuestros socios con algún tipo de limitación física, puedan practicar uno de sus deportes favoritos, la pesca. Varios de nuestros socios nos solicitan que quitemos dicha figura protectora de ese lugar ya que, ellos lo que quieren es pescar truchas y divertirse. Sin embargo ; al estar asentada dicha figura desde hace años en nuestro río Ibias, sus pretensiones han sido limitadas al máximo, ya que la mayoría son gente mayor o con algún tipo de limitación que les impide conducir o andar grandes distancias para ir a pescar a otro lugar libre y con muerte.

El Coto de pesca sin muerte de Río Ibias, está asentado en el perímetro principal y colindante con el casco urbano de la población de San Antolín de Ibias, ello impide y limita gravemente lo que se viene reflejando en este punto, ya que como se dice, pescadores de edad avanzada o personas con algún tipo de discapacidad, no pueden trasladarse a un maravilloso río como es el nuestro, para pescar truchas y poder disfrutar de su sabor.

c).- Muchas son las confidencias además que esta Sociedad de Pescadores tiene respecto del cumplimiento de la normativa en vigor para este tipo de cotos y, es que algunos pescadores del mismo, no restituyen a las aguas las piezas capturadas, generando con ello crispación e impotencia al resto de los pescadores.

SEGUNDO.- Numerosos factores aún sin determinar oficialmente, han incidido gravemente los últimos años en los ríos de Ibias. La proliferación de alimañas o depredadores como la nutria y el cormorán, unidos a los residuos generados por las minas del carbón, la falta de depuradoras y fuertes restricciones autonómicas que han depauperado gravemente nuestra población de truchas, llevándonos a una total regresión nunca conocida.

a).-Creemos que la limpieza del rio Ibias y sus afluentes es muy importante y creemos, que los banzados sobre el río, son verdaderos criaderos de truchas.

b).-Pensamos que los servicios de vigilancia y custodia de los ríos en Ibias, debieran de profundizar más en la vigilancia y prevención respecto de los cierres de fincas, ya que numerosos pescadores han sufrido heridas con los alambres de pinchos que se utilizan dentro de las zonas de servidumbre del pescador y otros han sufrido el deterioro de medios empleados para la pesca tales como botas o vadeadores .

c).-También abogamos porque las talas o sacas madereras, no se realicen simplemente con la autorización y presencia de la Guardería, si nó que después de las mismas, se retiren los restos de ramaje del lecho y cauce fluvial.

TERCERO.- La legislación actual vigente en el Principado de Asturias respecto de Sociedades Colaboradoras en materia de Pesca Fluvial; limita e impide que Asociaciones como la nuestra, asociaciones que son creadas en municipios o poblaciones que tienen la única pretensión de recuperar sus ríos, puedan acceder a subvenciones del Principado ya que, entidades de población o municipios como es Ibias, no cuentan con una población en auge que ayude a conseguir un mínimo de socios exigible tal y como lo es actualmente en RESOLUCION DE 12 DE FEBRERO DE 1997, DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS PARA LA CONCESION DE LA CONDICION DE SOCIEDAD COLABORADORA EN MATERIA DE PESCA FLUVIAL A LAS ENTIDADES Y SOCIEDADES DE PESCADORES. BOPA 05/04/97 , donde se exige un mínimo de 250 socios.

Con ello; nuestra Asociación, no puede disponer de ayudas del Principado de Asturias para actividades tan importantes como la repoblación piscícola, la limpieza de los ríos o la construcción de criaderos o centros de alevinaje entre otros muchos.

Consideramos que nuestra Asociación tal y como se establece en sus respectivos estatutos de fecha 11 de abril de 2008 y aprobados en Asamblea fundacional, por lo hechos que se exponen, carece de oportunidad o apoyo de la administración para el logro de sus objetivos ya que no se permite acceder a subvenciones al tener en la actualidad menos de 250 socios.

Paralelamente significar, que se consideran mínimas las repoblaciones por parte del principado en la cuenca fluvial de Ibias y que estas debieran de ser puestas en conocimiento de esta Sociedad, a efectos de poder llevar un estudio sobre las mismas y poder valorar el resultado obtenido a corto, medio y largo plazo. No obstante; de poco o casi nada sirven las mismas, si como se dice, no se atacan factores negativos sobre ellas como los cormoranes, la nutria, los vertidos y la limpieza forestal en las márgenes.

Consecuentemente a todo cuanto es objeto de exposición en la presente

se solicita:

1º.-Retirada del Coto Zona libre de Pesca sin muerte de Ibias y en su lugar establecerlo como zona libre total y con muerte .-

2º.-Creación de Vvedado total y por periodos de 2 años en diferentes tramos del río Ibias, de forma que intermitentemente se puedan producir paradas de reposo y descanso sobre la población fluvial, ayudando con ello al incremento de la población. Dichos vedados no debieran de superar el 1,500 km.-

3º.-Estudio por parte de los servicios de ese departamento; del nivel de fauna y alimañas que atacan e impiden que aumenten las truchas en los ríos de Ibias y actuación inmediata sobre la misma.

4º.-Retirada inmediata de los sistemas de cierre de alambre con espinos instalados dentro de las zonas de servidumbre de los pescadores.-

5º.-Señalización clara y en todas las vías de acceso, de carteles indicadores de vedado y de tramos libres.-

6º.-Limpieza de masa forestal y vegetación de las márgenes de los siguientes ríos:

Ibias, A Viouga, Boiro, Teixeira, Linares, Bustelín, Luiña y Centenales.-

7º.-Informe sobre el grado de contaminación o deterioro de las aguas del Ibias respecto de los trabajos derivados de la minería del carbón en el municipio.

8º.- Construcción de pequeños banzados y, escalas paralelas a ellos que ayuden al paso de las truchas, facilitando la misma cantidad de entrada que de salida de las aguas e impidiendo su derivación.

9º.- Comunicación a esta Sociedad de Pescadores, de todas y cada una de las ediciones, disposiciones, leyes, órdenes, comunicados o cualquiera otra de carácter legal o con pronunciamiento que sea favorable para el logro de nuestros objetivos y en consonancia con sus estatutos.

10.- Repoblación urgente y en número considerable, de los ríos Ibias, A Viouga, Boiro, Teixeira, Linares, Bustelín, Luiña y Centenales.

Consideramos que no se repuebla lo suficiente ya que una población media oscilaría entre 2000 y 3000 ejemplares por hectárea, es decir en 1km de río con una anchura media de 10 metros de cauce sumergido, podrían vivir ese número de truchas y, en la actualidad y desde hace ya varios años, todos los pescadores somos conscientes de la gran regresión que estamos padeciendo en este sentido, toda vez que temporada, tras temporada, se hace imposible coger el cupo establecido, limitándose la administración únicamente a rebajarlo, sin tener en cuenta el porqué, el porqué de tal retroceso.

Por todo ello; le suplico, tenga por presentado este escrito y previos los trámites oportunos, adopte las medidas necesarias, para proceder a dar cumplimiento de cuanto en el mismo se interesa por parte de esta Sociedad de Pescadores, dando cuenta a esta parte, de todas y cada una de las medidas adoptadas al respecto.

Cartas

Número de cartas: 45931

Número de cartas en Septiembre: 35

Tribunas

Número de tribunas: 2081

Número de tribunas en Septiembre: 3

Condiciones
Enviar carta por internet

Debe rellenar todos los datos obligatorios solicitados en el formulario. Las cartas deberán tener una extensión equivalente a un folio a doble espacio y podrán ser publicadas tanto en la edición impresa como en la digital.

» Formulario de envío.

Enviar carta por correo convencional

Las cartas a esta sección deberán remitirse mecanografiadas, con una extensión aconsejada de un folio a doble espacio y acompañadas de nombre y apellidos, dirección, fotocopia del DNI y número de teléfono de la persona o personas que la firman a la siguiente dirección:

Calvo Sotelo, 7, 33007 Oviedo
Buscador