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La regulación de la eutanasia: ¿clamor social?

29 de Octubre del 2019 - José Luis Lafuente Suárez (Oviedo)

I.- Introducción

Eutanasia, desde el punto de vista etimológico, viene del griego “eu”, que significa bueno, y “thanatos”, muerte; esto es, buena muerte. Sin embargo, la palabra y su concepción han evolucionado a algo más concreto y específico: la muerte sin dolor; pero, evidentemente, sobre esta consideración general, y en función del sentido que se dé a las palabras, puede referirse a realidades muy diferentes: desde dar muerte al recién nacido deficiente por presuponer que no podrá llevar una vida digna de ser vivida, o al anciano disminuido porque ya no la puede vivir, la ayuda al suicida para que consume su propósito o la abstención de tratamientos dolorosos o inútiles para alargar la vida sin esperanza de curación del moribundo.

A este respecto, en el mundo actual, se manejan dos conceptos naturalmente de interpretación subjetiva: vida digna y muerte digna, para fundamentar las peticiones y las iniciativas legislativas de regulación de la eutanasia y, paralelamente, el suicidio asistido, de forma que no solo se despenalice, sino que se convierta en un derecho, dentro del catálogo básico de prestaciones del Servicio Público de Salud.

II.- La sociedad ante la eutanasia

Realmente, no es un problema social, una cuestión que se plantee como un clamor social. Fue un problema social en las sociedades (el Imperio romano, por ejemplo) en que se practicaba la eliminación de vidas consideradas como inútiles (niñas, en Roma; recién nacidos con malformaciones o ancianos), que dejó de existir con la implantación del cristianismo. No es sino a partir de los años treinta del siglo pasado cuando se vienen constituyendo asociaciones en defensa de la eutanasia, que han tenido desarrollo en la Alemania nazi y en los países comunistas, siempre con base totalitaria y que actualmente lo vuelven a plantear en base a la pretendida muerte digna, y que se suelen fundamentar en cinco clases de argumentos: el derecho a la muerte digna expresamente querida por quien padece sufrimientos atroces; el derecho de cada cual a disponer de su propia vida en uso de su libertad y de su autonomía individual; la necesidad de su regulación, pues es una situación que existe de hecho, con lo que es un escándalo su persistencia en la clandestinidad; el pretendido progreso que representa suprimir la vida de los deficientes psíquicos profundos (en principio) o de los enfermos en fase terminal, ya que no se trataría de vidas propiamente humanas, y la manifestación de solidaridad social que significa la eliminación de vidas sin sentido, que constituyen una carga para los familiares y para la propia sociedad.

En cuanto a su extensión, la eutanasia está permitida en los Países Bajos, Canadá, Bélgica, Luxemburgo y Colombia, y el suicidio asistido está permitido en Suiza, Alemania y cinco estados de los EE UU: Oregón, Washington, Montana, Vermont y California.

III.- Pero, realmente, ¿qué es la eutanasia? Es la actuación cuyo objeto es causar la muerte de un ser humano para evitarle sufrimientos, bien a petición de este, bien por considerar que su vida carece de la calidad mínima para que pueda ser calificada de digna. Por consiguiente, la eutanasia es un homicidio. Es necesario tener clara su definición, puesto que los patrocinadores de su legalización hacen hincapié no en el resultado final, sino en la justificación de la actuación.

La cuestión de base es comprender el significado del dolor y de la muerte en el hombre.

Por favor, añadir el cargo al nombre

Nosotros ansiamos la felicidad, por lo que es natural tener miedo tanto al dolor como a morir; sin embargo, tanto uno como otra forman parte de nuestra vida desde el nacimiento y son inevitables, por lo que esforzarse en mitigar el dolor es positivo, pero es absurdo, por imposible, convertir la erradicación del dolor en un valor absoluto ante el cual deben subordinarse el resto de los fines nobles del hombre. El dolor y el sufrimiento, como cualquier otra dimensión humana, tienen un valor positivo si nos ayudan a comprender mejor nuestra naturaleza y sus dimensiones, si sabemos integrarlos en nuestro proceso de crecimiento y maduración. Es una experiencia universal que el dolor no puede evitarse totalmente y que puede ser fuente de humanización personal y de solidaridad social. Quien a toda costa pretenda huir del dolor probablemente destruya sus posibilidades de ser feliz, pues es imposible tal fin. (“La eutanasia. Cien cuestiones y respuestas sobre la defensa de la vida humana y la actitud de los católicos”, 1992).

El miedo a un modo de morir doloroso y dramático puede llegar a ser tan intenso que, al anular todos los demás valores, puede conducir a desear la muerte misma como medio de evitar tan penosa situación (de hecho, este es el principal estímulo para quienes preconizan la aceptación legal y social de la eutanasia), pero la experiencia suele demostrar que, cuando el enfermo sufre y pide que lo maten, en realidad está pidiendo casi siempre que le alivien los padecimientos, tanto los físicos como los morales, que a veces superan a aquellos: la soledad, la incomprensión, la falta de afecto y consuelo ante la muerte. De hecho, el Partido Comunista de Portugal frenó con sus votos una iniciativa legislativa a favor de la eutanasia con el argumento de que un enfermo no puede decidir en libertad sobre su vida si no se alivia su sufrimiento. Un ser humano no pierde la dignidad por sufrir; lo indigno es basar su dignidad en el hecho de que no sufra. ¿Quién decide si una vida es digna de vivirse?

IV.- Afrontar realmente el dolor y la muerte. Los cuidados paliativos

Al ser la dignidad patrimonio de todo hombre por el hecho de serlo, el dolor y la muerte no son criterios aptos para “medir” la dignidad humana; el dolor y la muerte serán dignos si son aceptados y vividos por la persona, pero no lo serán si alguien los instrumentaliza para atentar contra esa persona. Eso no quiere decir que se deba producir una obstinación o encarnizamiento terapéutico, llevar siempre más allá los tratamientos para tratar de conservar la vida en toda circunstancia y condición. Frente a ello están los cuidados paliativos, que responden a los principios de la medicina hipocrática: si puedes, cura; si no puedes curar, alivia, y si no puedes aliviar, al menos consuela. Se asientan en el reconocimiento de la triple realidad que configura el proceso de la muerte inminente en la sociedad actual: un paciente terminal con dolor físico y sufrimiento psíquico; una familia angustiada que sufre por el ser querido y no acaba de aceptar la situación, y un equipo médico educado para luchar contra la muerte, que prestará una atención integral al paciente terminal, a sus necesidades físicas (con tratamientos adecuados se puede llegar a controlar el 90 por ciento de los dolores); psíquicas (el paciente y la familia, en su caso, necesitan confiar en el equipo de profesionales que le trata y tener la seguridad de una compañía que lo apoye y no le abandona; tiene la necesidad de ser considerado); necesidades sociales, pues la enfermedad terminal produce a quien la padece y a su familia gastos y no pocos desajustes familiares: el paciente lo ve y lo sufre; y espirituales, tratándose de una persona creyente.

El paciente terminal tiene, entre otros, derecho a no sufrir inútilmente, a conocer su verdadera situación y a decidir sobre sí mismo y sobre las intervenciones a que se haya de someter, así como a que se respete su libertad de conciencia; derechos que legitiman la decisión de renunciar a los remedios excepcionales en la fase terminal, siempre que tras ellos no se oculte una voluntad suicida. Los cuidados paliativos no son una forma de eutanasia, pues el tratamiento del dolor es lo único que se puede hacer por el paciente terminal, y el efecto secundario de que ciertos analgésicos tengan sobre el acortamiento de la vida no es una forma de eutanasia, pues no se persigue acabar con la vida, sino aliviar el dolor.

Naturalmente, la formación, composición y adecuada instrumentación de equipos de cuidados paliativos resulta mucho más costosa y difícil que aplicar una fórmula de ejecución de una vida humana buscando, además, el amparo de una compasión de corto recorrido.

V.- Legislar sobre bases permisivas atentatorias contra los derechos humanos

Las experiencias demuestran que la aprobación de leyes contrarias a los derechos humanos (véase la legislación pro aborto), legales pero inmorales, las dotan de una capa de legitimidad ante los ciudadanos, y las leyes permisivas que presuntamente se aprueban para dar solución a determinados casos extremos especialmente dramáticos (¿dónde queda ese argumento de “no legislar en caliente”, cuando no interesa?) acaban creando una mentalidad que trivializaría el homicidio hasta convertirlo en un hecho socialmente admisible que se realiza por motivos cada vez más nimios. El ejemplo de la legislación holandesa sobre la eutanasia nos muestra: miedo de los pacientes a los profesionales sanitarios, a los familiares, a ser diagnosticado como acreedor de la eutanasia; huida de personas mayores ( muchos de ellos hacia España) que temen su ingreso en hospitales; en el caso de familias, al decidir por incapacitados, se introducen elementos de inseguridad, confrontación, miedo, totalmente ajenos a la idea de familia (generosidad, amor ), y, por fin (¡oh, la economía!), da lugar a la prevalencia de motivos económicos para evitar tratamientos caros.

El derecho a la vida es el primero de los derechos humanos; su protección debe anteponerse a cualquier otro, por lo que legislar sobre el término de la misma, respetando la dignidad de la persona, ha de comenzar por la atención paliativa verdadera, abandonando los extremos constituidos por la eutanasia y el encarnizamiento terapéutico.

José Luis Lafuente, Foro de la Familia de Asturias

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