Infanticidio

24 de Enero del 2020 - José Manuel López García (Gijón)

Ciertamente, el derecho a la vida es fundamental en cualquier sociedad; se comprende perfectamente que, en la actualidad, el infanticidio esté tipificado como delito, por causar la muerte de un niño o niña, de modo intencionado.

Es una práctica inmoral e indudablemente criminal. En la prehistoria el infanticidio ha sido muy frecuente y abundante. Los antropólogos en sus investigaciones señalan que el 50% de los recién nacidos del sexo femenino fueron matados por sus padres en el Paleolítico. Es un porcentaje muy elevado y aunque la proporción del infanticidio en el periodo prehistórico fuera del 15% también sería inaceptable desde la perspectiva moderna. Es inadmisible cualquier tipo de infanticidio.

En el mundo antiguo era conocido que existían ritos de sacrificios humanos especialmente de niños y jóvenes, así sucedía en el Imperio Inca y entre otros pueblos indígenas de Centroamérica y el infanticidio estaba conectado con prácticas religiosas y supersticiosas.

Fenicios, cartagineses y egipcios también realizaban sacrificios de niños como una especie de ofrenda o rito para satisfacer a los dioses, si bien en la Grecia clásica se consideraba que estaba mal realizar sacrificios humanos. Se practicaban costumbres que no eran apropiadas, por ejemplo, en Esparta, aunque fuera por supuestos motivos eugenésicos o de mejora de la raza o de la etnia.

En la antigua Roma no era raro que se dejara a niños recién nacidos abandonados en la calle para que perecieran, y aunque las doce tablas de la ley romana obligaban a matar al niño o la niña que nacía deforme, esto fue modificado.

En el año 374 d. C., el infanticidio pasó a ser considerado un crimen tremendo, pero a los que lo realizaban generalmente no se les perseguía. Existía, por desgracia, una cierta impunidad. Respecto al judaísmo, los judíos están convencidos de que es un crimen quitar la vida de los recién nacidos y tampoco admiten el aborto.

Entre las antiguas tribus germánicas, en ocasiones, los padres abandonaban a los niños no queridos en el bosque para que murieran. Otras veces ofrecían los infantes a los dioses y los mataban. El cristianismo siempre abogó por la defensa de la vida de los recién venidos al mundo.

A pesar de esto, el abandono de niños a su suerte fue muy habitual en la Edad Media y murieron en gran número a lo largo de este periodo de tiempo. Además, en Alemania la madre, en el periodo medieval, tenía derecho a abandonar al neonato. La práctica del infanticidio también fue frecuente en China y Japón. Tanto en la India como en Pakistán el infanticidio estaba a la orden del día en el pasado. Era algo terrible, pero que sucedía a la vista de todos. A veces los padres arrojaban a su hijo recién nacido a los tiburones del río Ganges como una ofrenda sacrificial. Aunque el infanticidio está prohibido expresamente por el Corán, en la Arabia preislámica el infanticidio femenino era frecuente y enterraban vivas a las recién nacidas.

De ninguna manera es aceptable la eutanasia de niños por causa de severos defectos de nacimiento, porque existe la dignidad de la vida de los niños o de las personas y, por tanto, no se puede permitir se quiera extender la práctica del aborto con el infanticidio.

Según el antropólogo Marvin Harris, entre los cazadores paleolíticos en torno a la mitad de los neonatos se les daba muerte y el infanticidio de niñas les servía para controlar el crecimiento de la población. Es una especie de determinismo ambiental que ha sido objeto de numerosas discusiones y polémicas.

Ante los hijos no queridos existe una solución universal y muy eficiente que es darlos en adopción. Una gran cantidad de parejas quieren adoptar y lo tienen difícil, por diversas razones, entre ellas los rigurosos requisitos que se exigen para adoptar. Con la adopción se puede garantizar el derecho a la vida y a la vez evitar estas prácticas crueles, sanguinarias y terribles que eliminan vidas inocentes.

Es cierto que la legislación española contempla tres supuestos en los que la mujer puede abortar y con un plazo de tiempo determinado, pero en las demás circunstancias prevalece el derecho absoluto o sin condiciones a la vida. Es una cuestión ética. El niño que nace no puede ser despojado de su vida. Los procedimientos de adopción son muy minuciosos y exigentes precisamente para salvaguardar la vida y el bienestar de los niños, y el Estado también protege a los menores.

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