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Educastur y Adide Federación

30 de Abril del 2020 - Miguel Ángel Forascepi Roza

El día 26/4/2020 se ha publicado en Educastur, portal oficial de la Consejería de Educación, un comunicado de Adide Federación sobre la reciente disposición del Ministerio de Educación y FP, que autoriza a modificar las condiciones de promoción y titulación fijadas en la LOE/LOMCE. No es la única asociación que ha emitido comunicados al respecto, pero en Educastur solo se ha publicado el de Adide, el único favorable a la actuación de la señora ministra.

En términos de seguridad jurídica es gravísimo lo que ha hecho el Ministerio con su pretensión de modificar las disposiciones de una ley –LOE/LOMCE– votada democráticamente en el Parlamento, mediante una orden ministerial, norma de ínfimo rango jurídico frente a la ley –y al real decreto del propio Ministerio–, que hace saltar por los aires el principio de jerarquía normativa consagrado por el artículo 9.3 de nuestra Constitución. Vilipendiado Montesquieu, ¡qué importa Kelsen!

Y Adide, cuyos miembros tienen como primer deber el de asegurar el cumplimiento del principio de legalidad en el ámbito educativo, “celebra que la orden haya dejado en suspenso temporalmente los criterios numéricos, por asignaturas, establecidos por la LOMCE como requisito indispensable para la promoción de curso”.

Estos inspectores o son unos ignorantes o unos malintencionados: “criterios numéricos, por asignaturas” para la promoción de curso, ya los había establecido la LOE. Por tanto, la disposición ministerial no solo cercena la LOMCE, también lo habría hecho con la LOE, cosa que oculta Adide para disfrazar la tendenciosidad de su ataque a la LOMCE.

Pero más llamativo aún es el razonamiento de por qué apoyan esta orden ministerial: se atreven a decir que “el legislador” –el pueblo español democráticamente representado en el Parlamento–, no entendió nada “cuando dictó la LOMCE”, y además lo hizo “sin ningún consenso social ni político”. Señores de Adide, ¿dónde está el consenso social y político sino en el Parlamento?

SUMARIO: Sobre las novedades de las modificaciones de la LOMCE

DESTACADO: En términos de seguridad jurídica es gravísimo lo que ha hecho el Ministerio con su pretensión de modificar las disposiciones de una ley votada democráticamente en el Parlamento, mediante una orden ministerial, norma de ínfimo rango jurídico frente a la ley

Además, una ley orgánica necesita para su aprobación una mayoría muy cualificada y un procedimiento muy riguroso para su aprobación, es decir, mayor consenso social y político que cualquier otra ley o disposición reglamentaria del Gobierno, como la orden EFP/365/2020, de 22 de abril. Resalta también Adide que el real decreto ley 463/2020, de 14 de marzo, fue refrendado “por mayoría absoluta de las Cortes Generales”. ¿No lo fue de una forma más cualificada la LOMCE?

A la comisión permanente de Adide le gustaría que lo que se aplicara no fuera la ley, sino sus opiniones; esas sí deben de tener un gran consenso social y político… en su casa, quizá: “La Educación Infantil, la Primaria y la Secundaria Obligatoria (ESO) deben ser etapas educativas comprensivas por las que el alumnado debe transitar sin barreras selectivas”. Es obvio que tampoco la LOE había recogido esas pretensiones.

Tiene, además, Adide la desfachatez de “hacer un llamamiento al consenso en materia educativa y a que la Educación deje de ser escenario de batallas políticas por intereses partidistas”, después de haber dicho: “Si ahora se abre una oportunidad de combatirla [la LOMCE], aunque sea de modo transitorio, bienvenida sea”. ¿Hay algo más partidista y más contrario al consenso? ¿Por otra parte, el objetivo de la señora ministra con la promulgación de la orden ministerial es combatir la LOMCE?

También muestra Adide una ignorancia supina cuando dice que algunas comunidades autónomas no se han acogido “al amparo legal del decreto de alarma”. Este decreto, que es de obligado cumplimiento en todos sus términos, si amparara la orden ministerial, esta sería obligatoria para todas las comunidades autónomas y ninguna podría dejar de seguirlo. Pero el caso es que dicha orden no las obliga a nada, porque no puede hacerlo, sino que lo deja todo en sus manos. Esto no puede proceder, pues, del decreto de alarma; en este caso, sería de obligado cumplimiento. En cambio, el verbo que más utiliza la orden ministerial es “podrán”, lo cual quiere decir que a ninguna se la obliga a seguir sus disposiciones.

Eso significa que deja la responsabilidad a las comunidades autónomas, que serán las que asuman los riesgos de incumplir las prescripciones de la ley y de los reales decretos básicos de currículo respecto a las condiciones de promoción y titulación.

De todas formas, quienes tienen una cierta antigüedad administrativa, saben que no es la primera vez que la cúpula de Adide Federación –que seguramente no ha contado con ninguna de sus asociaciones federadas para emitir ese comunicado– comete una felonía como esta. En algún caso con pingües beneficios.

Sería muy deseable que Adide Asturias emitiera un comunicado en el que dejara clara su posición al respecto, y que también lo publicara Educastur.

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