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La necesidad de reformar la Ley Mordaza

3 de Julio del 2020 - Francisco Javier Fernández López (Oviedo)

La Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como Ley Mordaza, vigente desde el 1 de julio de 2015, lleva restringiendo de forma ilegítima derechos humanos como el derecho a la libertad de expresión, reunión, manifestación y acceso a la información. En estos cinco años, la Ley Mordaza se ha utilizado reiteradamente contra movimientos sociales o plataformas ciudadanas, que han sido objeto de numerosas sanciones, lo que ha acabado por desmovilizar a buena parte de ellas. Esta Ley también se ha aplicado contra periodistas mediante actuaciones policiales que han obstaculizado su labor cuando querían documentar abusos.

El 70% de las sanciones impuestas bajo la Ley de Seguridad Ciudadana, durante el periodo 2013-2018, único del que se tienen datos oficiales, se refiere a dos artículos. El primero, 36.6, refleja la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, con sanciones de hasta 30.000 euros, y se ha empleado en el contexto de manifestaciones pacíficas, o en el ejercicio de la libertad de expresión, o por ejercer el derecho de información. Por otra parte, también se ha aplicado de forma reiterada el artículo 37.4, que refleja sanciones por faltas de respeto a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y otorga una gran discrecionalidad a los agentes del orden, ya que la interpretación queda bajo su consideración.

Amnistía Internacional ha confirmado, en un informe reciente, que durante el Estado de Alarma continuó la arbitrariedad de las fuerzas de seguridad. Estas aplicaron la Ley Mordaza con un enfoque principalmente coercitivo y sin criterios claros de actuación, especialmente en el trato con personas vulnerables.

De acuerdo con los datos facilitados por el Ministerio del Interior, durante el Estado de Alarma y hasta el 23 de mayo pasado, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado impusieron un total de 1.044.717 propuestas de sanción. Amnistía Internacional ha documentado 61 casos de personas que han sufrido violaciones y abusos contra los derechos humanos durante el Estado de Alarma en cinco diferentes situaciones:

a) Personas que viven en situación de pobreza o grupos marginales, y que se han enfrentado a un mayor riesgo de sufrir sanciones y de exposición a la COVID-19.

b) Personas que han sido denunciadas sin mediar ningún tipo de apercibimiento, incluso concurriendo circunstancias que podían legitimar su presencia en la calle.

c) Casos en los que agentes del orden han interferido en la labor de periodistas, a través de la amenaza de sanción e incluso de la requisa temporal de sus efectos de trabajo.

d) Imágenes que muestran actuaciones policiales muy poco profesionales, no alineadas con los estándares internacionales, tales como bofetones, collejas o empujones a personas que no ofrecían ningún tipo de resistencia ni mostraban actitud violenta. También, testimonios sobre determinadas actuaciones de gravedad en las que se observa un uso desproporcionado y excesivo de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad, en algunos casos con un componente racista o registros corporales realizados sin cumplir la legislación vigente.

e) Situaciones en las que agentes de distintos cuerpos policiales habrían accedido a domicilios particulares sin mediar orden judicial y sin todas las garantías que establece la legislación aplicable. Son situaciones que se han producido en Madrid, Palma de Mallorca, Bilbao y Vitoria.

Amnistía Internacional reconoce que, en el contexto actual de emergencia sanitaria, la policía debe hacer frente a una gran variedad de circunstancias que requieren de una respuesta distinta, siendo necesario un cierto grado de discrecionalidad por parte del agente a la hora de dar una respuesta adecuada. No obstante, ninguna circunstancia excepcional, como la emergencia pública, puede dar lugar ni justificar ningún desvío del cumplimiento de los estándares internacionales de derechos humanos. Por ello, la organización realiza cuatro peticiones a las autoridades:

1. Que investiguen las denuncias y situaciones de abusos y violaciones de derechos humanos atribuidas a miembros de las fuerzas de seguridad.

2. Que incorporen mecanismos independientes de investigación y garantías efectivas de supervisión y de rendición de cuentas de la actividad policial para evitar el uso excesivo de la fuerza o actuaciones arbitrarias de todos los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Estos mecanismos de rendición de cuentas ya existen en otros países de nuestro entorno como Bélgica, Reino Unido, Irlanda o Noruega.

3. Que elaboren un informe que evalúe la actuación de las fuerzas de seguridad, durante el Estado de Alarma, en especial sobre grupos vulnerables.

4. Que lleven a cabo una reforma urgente de la "Ley Mordaza" para garantizar el pleno disfrute de los derechos a la libertad de expresión, reunión, manifestación y acceso a la información para toda la ciudadanía.

Amnistía Internacional ha entregado, hace pocos días, más de 142.000 firmas en el Congreso de los Diputados para apoyar su petición de reforma de la "Ley Mordaza" y ha planteado una agenda parlamentaria a los distintos grupos políticos para conseguir la reforma de esta Ley.

La mayoría de los grupos parlamentarios, incluido el presidente y vicepresidente actuales, se mostraron favorables públicamente en el pasado a reformar esta Ley, pero es una promesa postergada. El Acuerdo de gobierno de coalición progresista alcanzado en diciembre de 2019 incluía también el compromiso de aprobar una nueva Ley que sustituyera a la Ley de Seguridad Ciudadana vigente para garantizar el ejercicio de los derechos de libertad de expresión y reunión pacífica, entre otros.

Varios Relatores Especiales de la ONU, así como la Comisaria de Derechos Humanos del Consejo de Europa, también han mostrado su rechazo a esta Ley. Es ya la hora de su reforma.

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