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Tiempo para pensar: sobrefallecimientos

10 de Agosto del 2020 - José María Casielles Aguadé

Entre las muchas consideraciones debatidas sobre el coronavirus, se encuentran las relacionadas con las medidas políticas de control adoptadas, entre las que destacan la indecisión y el desconcierto, que razonablemente pueden sorprender a los ciudadanos comunes, pero que es inadmisible hayan alcanzado a técnicos supuestamente especializados en la coordinación de alarmas y emergencias, y a los políticos que los eligieron y controlan, situándose ante hechos que rozan o incurren en la figura de negligencia, posiblemente sin “dolo”, pero sí con potenciales responsabilidades por imprudencias temerarias, que corresponderá decidir a la Fiscalía y Judicatura, cuando se substancien varios expedientes judiciales ya en trámite.

Es claro, que la sociedad no debe ensañarse con nadie, pero sí debe protegerse de daños, que hoy mismo se mantienen en evolución y exigen actuaciones rápidas y competentes. En este asunto, hay aspectos que no tienen discusión: es verdad que el fenómeno está generalizado en muchos países del mundo con gran diversidad de medidas correctoras: unas acertadas, otras erróneas, otras más verdaderamente deplorables. Pero, por otra parte, los desaciertos son perfectamente cuantificables y tienen un nombre preciso, que es la palabra “sobrefallecimiento”, es decir, muertes extranormales o que rebasan la tasa común anual. Para obtener sus cifras no se requiere acudir al cálculo integral, ni otros sofisticados recursos matemáticos; basta con la popular regla de tres:

Si Alemania, con 83 millones de habitantes, ha sufrido unos 10.000 muertos por coronavirus; España, con 47 millones, no debió superar los 5.700 fallecimientos si se hubiesen utilizado las alarmas, emergencias y tratamientos similares a los germanos. Nuestras bajas oficiales se han cifrado en unas 28.300 (a 20 de julio de 2020). Estos presuntos fallecimientos españoles suponen 22.600 “sobrefallecidos”, que desbordan brutalmente a pequeños y tolerables ajustes por razonables desvíos circunstanciales. Consecuentemente, estamos ante muy posibles responsabilidades penales, y este simple razonamiento se confirma cuando se analiza también la comparación de España con Portugal. Nuestros hermanos portugueses, con 10 millones de población, han tenido unas 1.100 muertes por coronavirus. Con las mismas artes de nuestros vecinos lusos, nosotros hubiésemos sufrido unos 5.200 muertos; es decir, más de 23.100 “sobrefallecimientos”. Las cifras son coherentes con las obtenidas respecto a Alemania. Y para soslayar detestables influencias ideológicas, es bueno recordar que “frau” Merkel es cristianodemócrata y el presidente portugués socialista.

No es menos evidente la importancia del adecuado control de la Sanidad Exterior o de Fronteras en el proceso de contaminación de España; control que correspondió siempre y sigue correspondiendo al Ministerio de Sanidad, y no a las comunidades autónomas, porque no es transferible. Ítem más: manejando otros criterios técnico-sanitarios, se refuerza el argumento de que las pérdidas tienen mucho que ver con las “responsabilidades políticas de gestión”: la potente nación alemana tenía acopiados más recursos en juego en el medio sanitario, lo que también encierra un indiscutible mérito de buena previsión, mientras que Portugal, con medios sensiblemente menores, consiguió prácticamente los mismos resultados. Las peores cifras europeas fueron para Bélgica, España e Italia, en ese penoso orden relativo. Algún funcionario ingenuo o demasiado listillo pretendió que nuestros abultados números de fallecimientos podrían deberse y justificarse como muertos en accidentes de circulación durante el confinamiento que –como todo el mundo sabe– vació nuestras carreteras. ¡Sin comentarios!

Sumario: De las muertes extranormales ocurridas durante la pandemia

Destacado: Algún funcionario ingenuo o demasiado listillo pretendió que nuestros abultados números de fallecimientos podrían deberse y justificarse como muertos en accidentes de circulación durante el confinamiento. ¡Sin comentarios!

El Ministerio del ramo trató de justificarse también con otras causas “sanitarias”, basándose en la presunta falta de pruebas PCR; criterio que no ofrece justificación, pues en la mayor parte de los decesos no se practica otro control del fallecimiento que el certificado médico habitual basado en criterios clínicos. Y esta fórmula se considera más que suficiente para autorizar el entierro o la cremación. Por otra parte, las llamadas sobredefunciones detectadas por la estadística deben atribuirse al agente epidemiológico en curso. Para rematar, hay que añadir que los datos de muertes ofrecidos por los registros civiles, la Asociación Nacional de Agencias Funerarias, el Instituto de Salud Carlos III y el registro del Fondo de Pensiones apuntaban a una cifra de decesos de 44.000 a 45.000 a principios del actual mes de julio.

Respecto a la continuada producción de rebrotes, habrá que estudiar también la procedencia legal de plantearse o no la reiteración de “alarmas” y “emergencias”. Siendo la alarma una llamada de alerta a la seguridad, no se concibe ningún timbre de alarma que suene durante meses, porque la alarma es puntual. Las emergencias es claro que han de estar previamente diseñadas, concebidas, organizadas y provistas “con antelación”, de los medios operativos adecuados y suficientes para atender a los esfuerzos que requieran las emergencias posibles. La pregunta que procede es categórica, ¿están disponibles o no esos medios? No había plazas en las UCI, se carecía de EPI, tampoco los respiradores necesarios, ni tampoco las camas hospitalarias precisas. No cabe otra respuesta creíble.

Sería deseable que nos precisaran oficialmente el número real de los fallecimientos por coronavirus en España: ¿fueron 28.000 o fueron 44.000? La cifra en cuestión sí que es un incordio y motivo de intranquilidad para todos, porque además cuestiona nuestra seguridad jurídica, básica en todo sistema democrático.

Por último, en pleno siglo XXI, se admite generalmente por la mayoría de los ciudadanos que las gestiones políticas están muy especializadas, y no se debe ni se puede aceptar una cartera ministerial sin la formación específica adecuada. Paralelamente, la coordinación de la alarma y emergencia sanitaria exige una preparación, dedicación y atención integral a la salud pública, ajenas a cualquier otro interés y criterio. Los hechos precisos mandan sin posibles excusas. No hay más que añadir. Los tribunales tienen la palabra: “Justicia locuta, causa finita”.

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