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Art. 33, Constitución Española

18 de Septiembre del 2020 - José Manuel Franco Parro (Muskiz)

El pasado día 16 de septiembre, en el Pleno de control en el Congreso, el vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, aseguró que no es un problema la ocupación de viviendas, leyendo a continuación el artículo 47 de la Constitución Española, olvidándose del artículo 33 de la misma Constitución que dice lo siguiente: El derecho de propiedad se encuentra reconocido en el Art. 33 de la Constitución Española, el cual expresa: 1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia. 2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes. 3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.

Señor Iglesias, con mis respetos le diré que es usted un sinvergüenza, usted no sabe lo que es trabajar durante muchos años más de doce horas diarias y el sacrificio de suprimir muchas cosas necesarias con el fin de ir pagando la segunda vivienda, para que luego te la ocupen delincuentes y gente de mal vivir a la cual usted está dando cobertura y ánimos. Es intolerable que un Vicepresidente de la nación y su partido recurrieran la ley 5/2018 del 11 de Julio de Desahucio Express elevando recurso de anticonstitucionalidad. Usted bien tranquilo puede estar, que su “humilde vivienda” no se la ocupan, gracias a la protección de las fuerzas del orden que usted criticó cuando vivía en Vallecas en un piso de 60 metros, que usted abandonó como ciertos tripulantes cuando se hunde el barco.

“La política es el arte de servirse de los hombres haciéndoles creer que se les sirve a ellos” (Louis Dumur).

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