Yo y mi sombra

13 de Noviembre del 2020 - Enrique Stuyck Romá (Madrid)

La ley orgánica de 18 de julio de 1983 reguladora de un derecho que permite reuniones de más de 20 personas, por razones familiares o de amistad, reconocido en el artículo 21 de la Constitución, ha dado lugar, como consecuencia de la pandemia, a sucesivas restricciones de este derecho. De más de 20 personas hemos pasado a menos de 10, de 6 e, incluso, de 3, como es el caso más reciente en alguna comunidad.

Si, como parece, se esperan más restricciones, lo que viene a significar, en la práctica, que, fuera de los convivientes, no se puedan reunir más de dos personas, y que, al mismo tiempo, se recomienda el autoconfinamiento voluntario, al margen de que este simple hecho sea una manifiesta contradicción en sí mismo, no lo es menos que, si dos es el máximo, el mínimo sería uno, y una reunión de un solo miembro no es una reunión ni nada que se le parezca, salvo que ese uno se reúna con su propia sombra, y no creo que las sombras estén por la labor. Bastante tiene mi sombra con venir siempre conmigo como para tener que dar cobijo a un tercero. Y, además, en este caso, no serían tres, sino dos, porque la sombra no cuenta, digo yo.

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