La Nueva España » Cartas de los lectores » Castigo al legal y premio al ilegal

Castigo al legal y premio al ilegal

15 de Diciembre del 2020 - Francisco Javier Fernández Díaz (Mieres)

Vivimos tiempos complejos en una sociedad acomodada. El ciudadano que desarrolla trabajos temporales de forma legal, con un contrato de trabajo y una aportación a la Seguridad Social, es discriminado frente a aquel ciudadano que no busca activamente empleo, que trabaja en negro y tiene acceso a las prestaciones económicas, que la comunidad autónoma de turno o el Gobierno estatal confiere a personas vulnerables, y en riesgo de exclusión social. El ciudadano que busca activamente empleo pasados los 50 años y consigue trabajos temporales tributa por ellos, no tiene acceso a las prestaciones económicas y sociales, que el otro ciudadano sí lo tiene. Esto viene a colación con el ingreso mínimo vital.

Esta prestación es concedida principalmente a ciudadanos sin recursos, ya que sus ingresos en el año anterior a su solicitud son inferiores a 5.420 euros, también tiene prioridad al acceso a una vivienda de protección oficial, al bono social de la electricidad. Estos ciudadanos tienen pluses por hijos a cargo, y sus prestaciones superan en algunos casos los 1.200, normalmente no tienen intención de trabajar y solo trabajan en negro sin tributar sus ingresos. Al ciudadano legal, con búsqueda activa de empleo y que no lo encuentra, debido a las circunstancias de mercado y a su edad, se les deniegan estas prestaciones por tributar por su prestación de desempleo, una vez agotadas, si solicita el ingreso mínimo vital, se le deniega al tomar como referencia sus ingresos en año anterior y queda desprotegido.

Se castiga al legal y se premia al ilegal, esta es la sociedad justa por la que nos movemos.

Cartas

Número de cartas: 49013

Número de cartas en Diciembre: 136

Tribunas

Número de tribunas: 2176

Número de tribunas en Diciembre: 4

Condiciones
Enviar carta por internet

Debe rellenar todos los datos obligatorios solicitados en el formulario. Las cartas deberán tener una extensión equivalente a un folio a doble espacio y podrán ser publicadas tanto en la edición impresa como en la digital.

» Formulario de envío.

Enviar carta por correo convencional

Las cartas a esta sección deberán remitirse mecanografiadas, con una extensión aconsejada de un folio a doble espacio y acompañadas de nombre y apellidos, dirección, fotocopia del DNI y número de teléfono de la persona o personas que la firman a la siguiente dirección:

Calvo Sotelo, 7, 33007 Oviedo
Buscador