Castigo al legal y premio al ilegal
Vivimos tiempos complejos en una sociedad acomodada. El ciudadano que desarrolla trabajos temporales de forma legal, con un contrato de trabajo y una aportación a la Seguridad Social, es discriminado frente a aquel ciudadano que no busca activamente empleo, que trabaja en negro y tiene acceso a las prestaciones económicas, que la comunidad autónoma de turno o el Gobierno estatal confiere a personas vulnerables, y en riesgo de exclusión social. El ciudadano que busca activamente empleo pasados los 50 años y consigue trabajos temporales tributa por ellos, no tiene acceso a las prestaciones económicas y sociales, que el otro ciudadano sí lo tiene. Esto viene a colación con el ingreso mínimo vital.
Esta prestación es concedida principalmente a ciudadanos sin recursos, ya que sus ingresos en el año anterior a su solicitud son inferiores a 5.420 euros, también tiene prioridad al acceso a una vivienda de protección oficial, al bono social de la electricidad. Estos ciudadanos tienen pluses por hijos a cargo, y sus prestaciones superan en algunos casos los 1.200, normalmente no tienen intención de trabajar y solo trabajan en negro sin tributar sus ingresos. Al ciudadano legal, con búsqueda activa de empleo y que no lo encuentra, debido a las circunstancias de mercado y a su edad, se les deniegan estas prestaciones por tributar por su prestación de desempleo, una vez agotadas, si solicita el ingreso mínimo vital, se le deniega al tomar como referencia sus ingresos en año anterior y queda desprotegido.
Se castiga al legal y se premia al ilegal, esta es la sociedad justa por la que nos movemos.
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