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Las fechas de la Constitución española

10 de Junio del 2021 - Alfredo Sancho Cavo (Madrid)

El miércoles 6 de diciembre de 1978 se celebró un referéndum cuya papeleta de votación contenía una sola pregunta: ¿Aprueba el Proyecto de Ley para la Reforma Política?

Es curioso que no se mencionara que ese Proyecto de Ley era la Constitución Española aprobada por las Cortes en sesiones plenarias del Congreso de los Diputados y del Senado celebradas el 31 de octubre de 1978. Pero así lo entendí yo, que había votado la CE; supongo que tanto quienes votaron a favor de su aprobación como quienes votaron en contra así lo entendieron también.

Juan Carlos I sancionó la Constitución Española el 29 de diciembre de ese año, en un acto solemne celebrado en el exterior del Congreso de los Diputados, firmando un ejemplar singular de la misma, de características monumentales, que se guarda en una cámara acorazada en el Congreso.

Para quienes como yo no han tenido estudios de derecho, sino que hemos tenido estudios y ejercido trabajos de índole “ciencias duras”, utilizo lo que la RAE dice que es sancionar: "Dicho de una autoridad competente, ratificar una ley o disposición mediante sanción".

Es decir, quien era la autoridad competente para hacerlo, el Rey Juan Carlos I, dio validez a lo que los españoles habíamos aprobado en votación: el documento que constituía la CE.

Ahora bien, para que esa ley obligara debía ser publicada en el "Boletín Oficial del Estado", lo que se hizo el domingo 31 de diciembre de 1978.

Son muy interesantes las palabras iniciales de esa ley:

"Don Juan Carlos I, Rey de España, a todos los que la presente vieren y entendieren".

Si la CE no hubiera sido publicada en el BOE los españoles no la hubiéramos visto y, por tanto, no la hubiéramos entendido.

Quizás alguno se sorprenda de mi afirmación que para que obligara tenía que ser publicada en el BOE, pero con un ejemplo lo entenderá: si el sábado 30 hubiera fallecido el Rey, la CE seria solo un documento que el sucesor de Juan Carlos I podría sancionarlo y publicarlo, o podría no hacerlo y regirse por las Leyes del Movimiento, vigentes aún.

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