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Procesos docentes

20 de Junio del 2021 - Pablo Sanz Martínez (Oviedo)

Vengo siguiendo la noticia del profesor de Secundaria que está siendo expedientado por, según dicen, poner muchos dieces, por cuestionar aspectos de la evaluación formativa, por defectos de coordinación en el departamento del instituto donde trabaja en Gijón. Y la consideración de tales actuaciones como faltas de la máxima gravedad, dentro del régimen disciplinario de los funcionarios públicos, con las sanciones que podrían conllevar, de inhabilitación de por vida, por ejemplo.

Todo ello sin que haya existido, en los veinte años de labor profesional del mencionado profesor, denuncia alguna, ni por parte de su alumnado, ni de sus familias, ni de sus compañeros, ni del equipo directivo, ni del servicio de inspección educativa. Siendo el origen de tales actuaciones las opiniones que él vertió en un periódico al hilo de la presentación de uno de sus libros, bien crítico con el sistema educativo que padecemos, en 2019. Y la reacción de alguien que en ese instante decidió que había que castigar de modo ejemplar la disidencia, la reflexión, el debate, quién sabe qué.

Leo también la noticia del juicio que ha comenzado contra un profesor acusado de acoso sexual a dos de sus alumnas y me gustaría saber si en este asunto, donde sí existieron denuncias (año 2015) acerca de su comportamiento, previas a su actual incriminación penal, el mismo servicio de Inspección le incoó algún tipo de expediente disciplinario. Informativo siquiera.

Y saber si es comparable la categorización de máxima gravedad en ambos casos.

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