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Pensión de viudedad para parejas de hecho

8 de Julio del 2021 - J. J. J. Suárez González (Gijón)

El Gobierno de España ha anunciado que equiparará el acceso a las pensiones de viudedad de las parejas de hecho con los matrimonios y se ha comprometido a hacerlo a comienzos de 2022. Esta medida solo tiene de progresista que para acceder a una pensión de viudedad no será necesario pasar obligatoriamente por vicaría ni casarse por lo civil en el Ayuntamiento, solo que la pareja del cónyuge fallecido y el propio fallecido estuvieran inscritos como pareja de hecho en el registro que, dependiendo de la comunidad autónoma donde uno resida, puede estar en el Ayuntamiento, en las delegaciones territoriales de la Consejería de Igualdad o en otras instituciones u oficinas.

Hay, aproximadamente, unas 2.500.000 pensiones de viudedad en España. Las mujeres viudas son, con mucha diferencia, mayoría, pues el 93% de los perceptores de esta prestación son mujeres y solo siete de cada 100 son hombres. La cuantía de la pensión de viudedad está establecida en el 52% de la base reguladora del cónyuge fallecido, en Román Paladino, se cobra un poco más de la mitad que cobraba en nómina el cónyuge muerto. Con los salarios de miseria que tienen muchos españoles esto constituye un auténtico drama para muchas viudas, pues pensiones de poco más de 600 euros son lo más habitual. Aquí si entramos en el terreno de lo que es de justicia, de lo que es progresista y de lo que es de izquierda. La cuantía de la pensión de viudedad puede llegar hasta el 70% de la base reguladora si la viuda (por inmensa mayoría voy a referirme solo a las mujeres) tiene cargas familiares a su cargo, pero esos casos son los menos. Así que si una viuda tiene que hacer frente a gastos como la renta de una vivienda ya me contará usted qué come, qué viste y, en fin, con qué dinero tiene que sobrevivir. La cantidad máxima establecida por ley para la pensión de viudedad es la misma que para el resto de las pensiones, es decir, 2.683,34 euros (antes de los descuentos por IRPF), pero estamos hablando de la vida real, no de ciencia ficción, esos casos se cuentan con los dedos de una mano.

La pensión de viudedad se extingue por deseo expreso, por sentencia firme de culpabilidad en la muerte del cónyuge, por fallecimiento del beneficiario o por fraude (vamos entrando en harina) y está establecida para que sea la única fuente de ingresos del pensionista y se entiende que así es cuando representa como mínimo el 75% del total de los ingresos, así que, por regla general, si una perceptora de la prestación de viudedad se casa otra vez o se registra como pareja de hecho con otra persona que tenga ingresos que en conjunto superen el doble del SMI puede llegar a perder la pensión. En ese caso habría que reducir, si ello es posible, la pensión de viudedad para que no rebasaran ese límite, llegando, si fuera necesario, a la eliminación de la prestación. Pues bien, llegados a este punto vamos a denunciar, algo a lo que no se atreve nadie en este país, que miles de viudas, es imposible saber exactamente la cantidad exacta, porque no hay ni estadísticas ni control alguno sobre este asunto, cobran la pensión de viudedad de forma fraudulenta. En Asturias todo el mundo conoce la gran cantidad de viudas que viven amancebadas y sin regularizar su situación con, por ejemplo, jubilados de la mina, acumulando entre ambos unos ingresos suculentos. Estas prestaciones de viudedad constituyen un fraude al Estado, a todos los contribuyentes españoles, pero, sobre todo, constituyen un agravio tremendo a todas esas pobres viudas a las que nos hemos referido que tienen que sobrevivir con una pensión miserable porque otras se llevan crudo su dinero.

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