Inmunidad e impunidad
Si se admite impunidad como sinónimo de inmunidad, y la Real Academia de la Lengua (RAE) define esta última como el privilegio por el cual ciertas personas quedan libres de determinados cargos, obligaciones o penas, tendremos que admitir que son dos palabras muy similares en cuanto a su fonética pero diametralmente opuestas por su significado, ya que la inmunidad es un derecho legalmente establecido y la impunidad va en contra de la legalidad.
Una letra, una sola letra, es lo que diferencia a dos palabras que tienden a confundirse por el uso y abuso indiscriminado que se hace de ellas, social y políticamente hablando.
Dos palabras que, en cualquier caso, y en mi particular opinión, si no estuvieran en el Diccionario habría que cambiarlas por otras porque siempre habrá privilegios, prerrogativas y ese tipo de exenciones, pero habría que cambiarlas de nombre para no confundirlas, para no llevar a errores. Como ricos y pobres, que siempre los ha habido y siempre los habrá, pero nadie los confunde y menos el Diccionario, que lo deja muy claro, de ahí que sean dos palabras, dos conceptos, antagónicos, que no se prestan a interpretaciones, los unos por exceso y los otros por defecto. Dos palabras que lo dejan muy claro, y no así las del título de esta carta, que, por una letra, por una sola letra, pasa lo que pasa.
Debe rellenar todos los datos obligatorios solicitados en el formulario. Las cartas deberán tener una extensión equivalente a un folio a doble espacio y podrán ser publicadas tanto en la edición impresa como en la digital.
Las cartas a esta sección deberán remitirse mecanografiadas, con una extensión aconsejada de un folio a doble espacio y acompañadas de nombre y apellidos, dirección, fotocopia del DNI y número de teléfono de la persona o personas que la firman a la siguiente dirección:
Calvo Sotelo, 7, 33007 Oviedo

