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¿Dónde se debería prohibir la entrada de perros?

2 de Enero del 2022 - David Prado Fernández-Villarmarzo (Gijón)

Antes de exponer mi opinión sobre perros sí o perros no, hay que saber lo que manda la ley al respecto. La estatal, que siempre es predominante, en el artículo 11 del BOE 29 de 3 de febrero de 1977 dice textualmente:

1. La entrada de perros en toda clase de locales destinados a la fabricación, venta, almacenamiento, transporte o manipulación de alimentos queda expresamente prohibida.

2. Los dueños de establecimientos públicos y alojamientos de todo tipo, como hoteles, pensiones, restaurantes, bares, cafeterías y similares, podrán prohibir, a su criterio, la entrada y permanencia de perros en sus establecimientos. Aun contando con su autorización, se exigirá para dicha entrada y permanencia que los perros lleven en el collar la chapa numerada de matrícula, vayan provistos de su correspondiente bozal y sujetos por correa o cadena. Queda expresamente prohibida la entrada de perros y gatos en locales de espectáculos públicos deportivos y culturales.

Una contradicción clara, se prohíbe la entrada en locales destinados a la manipulación y venta de alimentos. ¿No entran en este apartado todos aquellos establecimientos que sirven alimentos, ya sea un café, una sidra o una fabada? Mas adelante nos dice la ley que serán los dueños de los bares, cafeterías, restaurantes, hoteles, los que decidan. ¿No está expresamente prohibido?

Un par de omisiones: Muy importante, no dice nada acerca de si los perros pueden entrar en los espacios sanitarios (farmacias, consultas, hospitales). Tampoco dice nada sobre los transportes públicos.

La ordenanza municipal gijonesa, de 2011, cae en el mismo error que la ley nacional sobre la clara contradicción de bares y restaurantes, sí o no. Si permite que viajen en autobús en el transporte adecuado y cerrado a los perros de menos de 6 kilos. Prohíbe esa ordenanza la entrada de perros en instalaciones sanitarias, organismos oficiales y piscinas públicas.

En tren, barco, avión o líneas nacionales de autobuses se permiten, dependiendo de la compañía, en parecidos términos a los de los autobuses de Gijón.

Parece ser que se está “fraguando” una nueva ley al respecto, a nivel nacional, para 2023.

He de precisar que no tengo perro en mi casa, aunque no lo descarto, me gustan los perros. Mis vecinos del piso de abajo tiene dos perros pequeños que cuando los dejan solos no paran de ladrar o llorar, se asustan por cualquier ruido y nos ofrecen “conciertos” matinales y vespertinos a diario, y, por qué no decirlo, molestan bastante, pero nos aguantamos.

Considero que los perros no deberían entrar en instalaciones sanitarias, incluidas las farmacias; en ningún local donde se manipulen alimentos en general, hostelería y alimentación y todos sus derivados; en piscinas, gimnasios, saunas, solariums, balnearios, salones de peluquería y estética; en espectáculos deportivos o culturales y en organismos oficiales. El resto de establecimientos y transportes públicos deberían anunciar visiblemente la prohibición o admisión para que entren perros y especificando claramente en qué condiciones, de esa manera cada uno podrá decidir si accede o no a ese espacio.

Lo que no aguanto de los perros es que algunos de sus dueños dejen esparcidas por las aceras sus necesidades sin molestarse en recogerlas.

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