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Origen de los principios de nuestro Derecho

20 de Agosto del 2022 - Juan Goti Ordeñana

El origen del Derecho europeo está muy relacionado con la creación de los estudios de Derecho en la primera Universidad de Bolonia, el cual vino precedido de una preocupación por la reforma de la Iglesia. Poco antes del cambio del primer milenio apareció en la Iglesia una inquietud por la reforma, sobre todo, con la creación del monasterio de Cluny, en una boscosa colina de Borgoña, que introdujo el lema de «libertad de la Iglesia». Este emblema fue motivo de la grandeza del nuevo monasterio, así como de que se introdujera la idea de la independencia de la Iglesia del poder civil.

A mediados del siglo XI, Enrique III, emperador de Alemania, había depuesto a tres papas en un solo año y entronizado en el papado a León IX, pariente suyo. A pesar de ello, fue el pontífice que inicio el movimiento de reforma en la Iglesia, que llevaría al momento del enfrentamiento de Gregorio VII con el poder del emperador Enrique IV, la llamada «lucha de las investiduras». Donde se proponía frente al emperador que los obispos no fueran nombrados por las autoridades civiles, porque, como eclesiásticos, correspondía nombrarlos a la Iglesia. Puesto que el nombramiento por el emperador hacía de los obispos funcionarios del imperio sin ningún sentido religioso. Por lo que con el nombramiento eclesial se creaba una clase de autoridad que estimaban que no debía su lealtad a los señores civiles, como sentían antes, sino a la jerarquía de la Iglesia y considerar que pertenecía a una institución «universal extendida por todo el mundo».

Como consecuencia de este enfrentamiento, su sucesor el papa Urbano II, que había sido prior en Cluny, preocupado por la «libertad de la Iglesia», promocionó el establecimiento de estudios en Bolonia, centro neurálgico para la transformación de la sociedad medieval, con la iniciación de las enseñanzas jurídicas. Las cuales fueron instituidas por el jurista boloñés Irnerio con los comentarios o glosas, a lo que se llamó Corpus Iuris Civilis, gran cuerpo de sentencias legales romanas, descubiertas hacía pocos años en la gran Compilación de Justiniano.

Estos estudios despertaron gran interés en la juventud que acudió en gran número a Bolonia. Irnerio, el primer maestro de la Universidad de Bolonia, se limitó a formar alumnos en el Derecho romano, sin pretensiones de reformas en la sociedad. En la promoción de estos estudios tuvo gran parte el papa Urbano II, por lo que con esta ocasión se promocionaron, también, estudios del Derecho de la Iglesia. En paralelo con los estudios de las Leyes romanas, surgió una compilación de la normativa que se había desarrollado en la Iglesia hasta entonces. Fue obra de Graciano, que con todo el material jurídico que había salido de la Iglesia en sus siglos de existencia, hacía 1140 formó una colección que se llama el Decreto. Esta compilación no solo estuvo formada por cánones de concilios, sino que recogió, también, doctrina evangélica y de los santos Padres, sentencias papales, decretos aprobados por obispos y la recopilación de penitenciales. Material que se hallaba disperso y que en ocasiones era contradictorio por lo que se denominó: «Concordia de cánones discordantes». En su esencia fue un manual de escuela, pero al contener la legislación esencial de la Iglesia, con una cierta ordenación, pasó a ser el libro donde se condensó la legislación eclesiástica, y aplicable por los tribunales. Más tarde, en el siglo XIII, se haría una compilación en las Decretales por el español san Raimundo de Peñafort, un inicio de codificación, promulgado por el papa Gregorio IX. Así nacieron los estudios del Derecho.

Sumario: La creación de un Derecho nuevo que dio cauce a los derechos humanos tal como hoy en día los entendemos

Destacado: Esta orientación dio lugar a lo que se llamó Derecho natural, que se ha estado estudiando en nuestra universidad hasta tiempos recientes y ahora se le ha negado la existencia

Desde un principio hubo dos orientaciones, provenientes de los distintos materiales que se empezaron a enseñar: unos consistentes en el comentario o glosa al Corpus Iuris Civilis, comprendiendo la Compilación hecha en tiempos de Justiniano por Triboniano; y otros de la materia reunida en su manual por Graciano. Ambos estudios marcharon por separado, y constituyeron dos estudios distintos, los que estudiaban el Derecho romano se les daba el título en Leyes, y los que estudiaban el Derecho de la Iglesia recibían el título en Cánones.

El cuerpo de Derecho que formó Graciano era muy complejo y trató, como dice el título de la obra, de hacer una concordia con tan variado material: doctrina de los Evangelios, escritos de los santos Padres, capitulares de concilios, decretos de obispos y libros de penitenciales. Pero lo principal era la ideología de fondo que comprendía, esto es, cómo Dios ha escrito en el corazón de la persona el comportamiento humano, y como enseña san Pablo «Toda ley se resume en un solo mandato: Ama a tu prójimo como a ti mismo».

Con estas consideraciones lógicamente se creó un Derecho nuevo y abierto, el canónico, donde lo importante era la consideración de las personas como hijos de Dios, iguales y libres, por tanto, era un Derecho creativo que, en verdad, dio cauce a los derechos humanos, como hoy día los entendemos. Esta orientación dio lugar a lo que se llamó Derecho natural, que se ha estado estudiando en nuestra universidad hasta tiempos recientes, y ahora se le ha negado la existencia, pero sus principios se han conservado, aunque olvidando cuál era su origen.

Por tanto, los usos y comportamientos sociales que hoy día tenemos no proceden del Derecho romano, que reconocía derechos solo para ciertas clases de personas, no para todas, sino del Derecho de la Iglesia, que fue el que siguiendo la doctrina del Evangelio enseñó la dignidad de la persona, la igualdad y la libertad, que son los principio eje, fundamentales, de nuestra sociedad. Principios que el actual caos político, aún de Europa, está poniendo en crisis para meter las nuevas ideologías progresistas, y mediante una ingeniería social se puedan convertir en dominaciones, en una sociedad creada para su propio provecho, y en contra de la naturaleza humana.

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