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Aprobada la ley del "solo sí es sí"

29 de Agosto del 2022 - J.J.J. Suárez González (Gijón)

Se ha aprobado en el Congreso de los Diputados la llamada ley de Libertad Sexual, o del "solo sí, es sí", una ley que busca la protección de las mujeres y los niños de la violencia sexual pero que tiene apartados controvertidos y que, al tiempo me remito, traerán cola. Lo fundamental de esta ley es el consentimiento. Hasta ahora, el ordenamiento jurídico en vigor considera agresión tan solo aquellos casos en los que se haya podido probar que la violación se produjo con fuerza o intimidación. A partir de ahora solo con que la mujer manifieste que no había dado su consentimiento será suficiente. Para mí este apartado es el más peligroso de la ley, porque esta no contempla qué sucede si una mujer consiente y luego manifiesta que no consistió, ni establece penas para las denuncias falsas. Los hombres pasan a ser culpables, si las mujeres lo deciden, lo sean o no, y no habrá que demostrar su culpabilidad, tendrán ellos que demostrar su inocencia, lo que, en muchos casos, aunque sea así, no será fácil. Esta nueva normativa se alinea con lo estipulado por el Convenio de Estambul, un tratado de derechos humanos ratificado por España en 2014, y marca que "solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona", pero no se pueden grabar las conversaciones, eso está prohibido. En este sentido, ya circulan por internet documentos contractuales para realizar actos sexuales con consentimiento de las partes, donde se puede especificar con detalle los actos sexuales a realizar, que deberán llevar lugar, fecha y la firma de las personas participantes. Es la única forma que tienen los hombres de protegerse de denuncias falsas. De locos. Con esta modificación, todo acto sexual sin consentimiento será considerado una agresión (violación), lo cual lleva a la eliminación del abuso sexual del Código Penal. Se establece además un sistema de penas "progresivo y proporcional a la gravedad", que contempla horquillas más amplias. De ahora en adelante, los delitos sexuales serán castigados desde con multas hasta con 15 años de cárcel con un sistema progresivo y proporcional de penas. Pero en cada delito puede haber agravantes. Esta norma define el acoso callejero como el hecho de dirigirse a "otra persona con expresiones, comportamientos o proposiciones de carácter sexual que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria, sin llegar a constituir otros delitos de mayor gravedad", en román paladino, los piropos pasan a ser delito. La norma recoge todas las violencias ejercidas contra las mujeres por el mero hecho de serlo. Así, incluye la mutilación genital femenina (no la circuncisión obligada masculina que algunas culturas y religiones obligan a hacer sistemáticamente a los niños), el matrimonio forzado (veremos a qué culturas y etnias se aplica la norma), el acoso con connotación sexual y la trata con fines de explotación sexual (no prohíbe la prostitución, donde la trata y la explotación de las mujeres es lo habitual). No se incluye en ningún apartado la aberrante "ceremonia del pañuelo" que practican los gitanos, eso para las feministas de pacotilla no es violencia sexual. Para que el adoctrinamiento quede asegurado, la ley del "solo sí es sí" estipula que el sistema educativo incluya contenidos sobre educación sexual e igualdad de género y educación afectivo-sexual para los alumnos de todos los niveles educativos y también contempla todo un entramado de chiringuitos feministas y de "recursos para las víctimas", aunque estas no denuncien.

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