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A todo sátrapa le llega su San Martín

17 de Abril del 2023 - José Alfredo Muñiz González (Salinas)

En cualquier familia empresaria existen conflictos. Lo importante es saber gestionarlos y llegar a un acuerdo amistoso. No obstante, cuando se imponen criterios insensatos, ilegales y autoritarios, las diferencias entre las partes discrepantes solo pueden ser resueltas ante un juez.

En la novela "El testamento del Gallo", escrita por Alfredo Muñiz, los trapalleiros son denunciados por Carlotiña, que se convierte en la líder de la saga. Sin embargo, ante la desfachatez de sus parientes decide volar sola como un águila de alta montaña.

Antes de abandonar su imperio familiar de huevos y gallinas, denuncia a su hermano Josemita y a su primo Manoliño, a quienes acusa de falsificación en documento mercantil, imposición de acuerdos abusivos, manipulación de información y apropiación indebida de fondos, entre otros delitos. Su abogada sugiere incluir al turbio jefe de administración en la demanda. Agapito ha sobrepasado todos los límites legales y aplica la ley a su antojo, según supuestos decretos firmados por un rey emérito en el exilio.

Las acusaciones formuladas en la historia de ficción, en realidad, son los delitos típicos de los administradores de sociedades en nuestro país. Esa es la razón de que muchas sagas se vean reflejadas en la novela. Pese al daño causado, silencian las injusticias por preservar la paz familiar.

Las penas por dichos delitos societarios se describen en los artículos 290 a 297 del Código Penal, que se transcriben en el diario de Carlotiña, la marquesa pollera, que podrán leer en la segunda parte de la trilogía.

Tras estudiar el post, la progenitora de la lideresa exclama: "¡Mamma mía!, ¡Ay filliña!, ¡Eres la madre que te parió!".

Llega la hora de la Justicia. España es un país de golfos y pícaros, al menos, en un sector de la política y los negocios. Cuando se desoyen las advertencias sobre asuntos ilegales en el seno de una saga familiar, lo adecuado es judicializar las irregularidades detectadas. Las sanciones varían, según el delito cometido. Sea como fuere, los administradores de una sociedad son castigados con penas de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses con mayor frecuencia de la que muchos caciques se imaginan.

En el caso de que impusieren acuerdos abusivos, con ánimo de lucro propio y en perjuicio de los demás socios, y sin que reporten beneficios a la sociedad que administran, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años o multa del tanto al triplo del beneficio obtenido.

Asimismo, los administradores que negaren o impidieren a un socio el ejercicio de los derechos de información, participación en la gestión o control de la actividad social serán castigados con la pena de multa de seis a doce meses.

Por su parte, el directivo, administrador, empleado o colaborador que reciba o acepte un beneficio como contraprestación para favorecer indebidamente a otro en la adquisición o venta de mercancías, o en la contratación de servicios, será castigado con la pena de prisión de seis meses a cuatro años, inhabilitación especial por tiempo de uno a seis años y multa del tanto al triplo del valor del beneficio o ventaja.

Con las mismas penas será castigado quien ofrezca a directivos, administradores, empleados o colaboradores de una sociedad un beneficio como contraprestación para que le favorezcan indebidamente. Rico y de repente, no puede ser santamente.

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