Objetivo de estabilidad presupuestaria para 2024
El próximo año, con los decaimientos de la "cláusula general de salvaguardia" europea, que ha permitido el obviar la trayectoria de ajuste hacia el "objetivo presupuestario a medio plazo" concretado en un déficit estructural del 0,4% del PIB, y de la "cláusula de escape" nacional que autoriza al Estado a infringir el principio de estabilidad presupuestaria entendido como el equilibrio o superávit estructural, nuestro país se verá obligado a realizar importantes esfuerzos fiscales.
Para 2024, la herramienta esencial de actuación en esta materia lo constituirían los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para cuya elaboración se requiere la concreción de algunos parámetros entre los que destacan los "objetivos de estabilidad presupuestaria" (para el año al que corresponden los PGE y los dos siguientes), cuya fijación compete al Consejo de Ministros mediante acuerdo tomado en el primer semestre del año. El acuerdo ha de remitirse a la Cortes Generales en donde el Congreso y el Senado, en forma sucesiva y tras el correspondiente debate en Pleno, proceden a su aprobación o rechazo.
Considerando la ardua tarea que el futuro presagia en el tema de las cuentas públicas, el hecho de que la conclusión natural de la XIV Legislatura se habría producido el próximo 10 de noviembre y que el Gobierno contaba con mayoría en las dos Cámaras legislativas, no entiendo su inacción, en especial antes de la disolución de las Cortes Generales el pasado 30 de mayo, ante la cuestión de los PGE para 2024.
Contrasta esta parsimonia con, por ejemplo, la celeridad con la que se establecieron los objetivos de estabilidad presupuestaria para proceder a la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado de 2020, frustrados después por la declaración de la pandemia de covid-19. En esa ocasión, tras las elecciones celebradas el 10 de noviembre de 2019, la investidura del presidente del Gobierno se consiguió el 7 de enero de 2020, el nombramiento de los ministros tuvo lugar el 12 de enero de 2020 y el acuerdo del Consejo de Ministros fijando los objetivos de estabilidad presupuestaria se adoptó el 11 de febrero de 2020.
Por otro lado, la apreciación por el Congreso de la concurrencia de una situación de emergencia extraordinaria, que ampara que el Estado incurra en 2023 en déficit estructural, dio lugar a la obligación de elaborar un "plan de reequilibrio", en el plazo de un mes desde el 22 de septiembre de 2022, que debiera ser aprobado por el mismo procedimiento que los "objetivos de estabilidad presupuestaria". Es decir, para abordar el tema de los PGE, previamente, habría de contarse con un plan de reequilibrio donde debe recogerse la senda prevista para alcanzar el objetivo de estabilidad presupuestaria.
En todo caso, demorar trámites esenciales sin motivo razonable se compadece mal con el interés general que, a la postre, es la justificación última de las facultades que la ley otorga al Gobierno en aras de una diligente Administración de las finanzas públicas.
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