La Nueva España » Cartas de los lectores » Proyecto de Plan Presupuestario para el año 2024

Proyecto de Plan Presupuestario para el año 2024

24 de Octubre del 2023 - Enrique López Felipe (ZARAGOZA)

El pasado 15 de octubre, último día del plazo de remisión previsto legalmente, el Gobierno envió a las instituciones comunitarias el Proyecto de Plan Presupuestario (PPP) de 2024. Por contra, sigue pendiente la presentación a las Cortes Generales del Plan de Reequilibrio exigido por Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y que, mucho me temo, nunca verá la luz.

Las cifras consignadas en el PPP de 2024 están alineadas con la solicitud de la Comisión Europea de que el déficit de las cuentas públicas no rebase el límite de 3% de PIB y con la recomendación del Consejo de la Unión de que la variación interanual del gasto primario neto, financiado a nivel nacional, no exceda del 2,6%.

Partiendo de la hipótesis de la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado, para conseguir un déficit inferior al 3% va a ser preciso no extender a 2024 la vigencia de ciertas medidas impositivas (por ejemplo, la aplicación de un tipo reducido de IVA sobre la electricidad y el gas) y para no superar el 2,6% de incremento será necesario evitar en el próximo ejercicio el establecimiento de ayudas extraordinarias como las planteadas durante estos años para paliar las consecuencias de la guerra en Ucrania (por ejemplo, respecto del consumo de combustible).

Sí se tiene en cuenta en el PPP de 2024 el efecto de dos compromisos de gasto que el Gobierno considera ineludibles y que son: a) la revalorización de las pensiones contributivas del Sistema de la Seguridad Social y las de Clases Pasivas conforme al valor medio de las tasas de variación interanual del IPC de los meses de diciembre de 2022 a noviembre de 2023, ambos incluidos y b) el alza de las retribuciones de los empleados públicos en un 2% que, en función de la evolución del IPCA, puede incrementarse en un 0,5%.

Un asunto que subyace en las cifras del PPP de 2024 es la necesidad de reconducir el déficit estructural de las cuentas públicas (la evolución del problema presupuestario del déficit estructural nacional vendría a ser como la cronificación de una grave enfermedad en el ámbito de la salud) hacia el objetivo presupuestario de medio plazo, que nuestro país tiene fijado en un déficit estructural máximo del 0,4% del PIB.

La recomendación del Consejo sobre la variación interanual del gasto está justificada por la exigencia de la normativa comunitaria de que la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario sea "adecuada". Para los Estados cuya ratio de deuda sobre el PIB supera el 60% (caso español), la adecuación se concreta en una mejora anual superior al 0,5% del PIB. Según la Comisión, la solicitada limitación del incremento al 2,6% tendrá como consecuencia una mejora del déficit estructural cuantificada en el 0,7% del PIB.

En el PPP de 2024 (pág. 34) se apunta que el déficit estructural se reducirá del 4,2% del PIB, con el que se prevé cerrar el presente ejercicio, al 3,4% del PIB al que viene, consiguiendo la mejora requerida.

Llama la atención el empeoramiento entre la citada estimación del déficit estructural para este año (4,2% del PIB) con la formulada en la Actualización de Programa de Estabilidad 2023-2026 del 3,4% del PIB (pág. 93) y con el pronóstico de la Comisión, en sus previsiones de primavera, del 3,7% del PIB.

De cumplirse los cálculos contenidos en el PPP de 2024, el déficit de las cuentas públicas del próximo año, en términos absolutos, será de unos 45.600 millones.

En fin, la Comisión Europea, salvo que constate un incumplimiento especialmente grave de las obligaciones de política presupuestaria establecidas en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, emitirá su dictamen sobre el PPP de 2024 antes del próximo 30 de noviembre.

Cartas

Número de cartas: 49557

Número de cartas en Marzo: 134

Tribunas

Número de tribunas: 2194

Número de tribunas en Marzo: 2

Condiciones
Enviar carta por internet

Debe rellenar todos los datos obligatorios solicitados en el formulario. Las cartas deberán tener una extensión equivalente a un folio a doble espacio y podrán ser publicadas tanto en la edición impresa como en la digital.

» Formulario de envío.

Enviar carta por correo convencional

Las cartas a esta sección deberán remitirse mecanografiadas, con una extensión aconsejada de un folio a doble espacio y acompañadas de nombre y apellidos, dirección, fotocopia del DNI y número de teléfono de la persona o personas que la firman a la siguiente dirección:

Calvo Sotelo, 7, 33007 Oviedo
Buscador